Análisis
¿Qué es la veda electoral?
17 de noviembre de 2023
Todas las actividades que están prohibidas en la previa de las votaciones
Después de una intensa campaña electoral llegó el tiempo de la veda, una pausa necesaria para que los ciudadanos nos concentremos en tomar la decisión de a quién votar. Pero ¿de qué se trata la veda electoral?
- En sentido amplio, la veda electoral comprende una serie de prohibiciones que tienen lugar en la previa de una elección y el día mismo de los comicios, de acuerdo a la legislación aplicable.
- El espíritu de la llamada veda electoral es dejar un tiempo de reflexión a los electores, para que puedan decidir su voto liberados de la incidencia de los mensajes proselitistas de los candidatos, que se suponen que ya dijeron todo lo que tenían para decir en relación a sus propuestas.
- La veda electoral aplicable a las elecciones nacionales argentinas está regulada en su parte fundamental en el artículo 71 del Código Nacional Electoral. El artículo tiene una redacción bastante defectuosa y le falta método en la clasificación de las diferentes prohibiciones.
- Lo que en el lenguaje coloquial y periodístico se llama comúnmente como “veda electoral", para el caso de las elecciones nacionales en la Argentina, comienza 48 horas antes de la apertura de la votación y se extiende hasta tres horas después de su cierre. Así que empieza a las 8 horas del viernes anterior al domingo de elecciones y termina a las 21 horas de ese día. Durante ese tiempo queda prohibido realizar actos proselitistas y difundir encuestas, sondeos y bocas de urna.
- Aparte, existen otras prohibiciones. Por ejemplo, las personas domiciliadas hasta a 80 metros de un centro de votación no pueden admitir reuniones ni armas en sus casas durante las horas de la votación. El supuesto de las reuniones está sancionado con prisión de 15 días a 6 meses; y el depósito de armas, con prisión de tres meses a dos años.
- Durante el horario de la votación y hasta 3 horas después de su cierre, están prohibidos los espectáculos, eventos deportivos y toda clase de reuniones públicas que no estén referidas al acto electoral. Para el empresario u organizador de estos eventos, se prevé una pena de prisión de 15 días a 6 meses.
- Durante la votación y hasta 3 horas posteriores a su finalización, deben permanecer cerrados los locales destinados al expendio de bebidas alcohólicas. Sin embargo, el Código Nacional Electoral prevé una sanción de 15 días a 6 meses de prisión para quienes expendan bebidas alcohólicas entre las 12 horas anteriores y las tres posteriores al acto electoral.
- Durante el horario de la votación está prohibido entregar boletas electorales en un radio de hasta 80 metros de los establecimientos con mesas de comicios.
- Desde doce horas antes de la elección hasta tres horas de terminada, está prohibido a todos los electores portar armas y usar banderas, divisas y otros distintivos.
- Durante el horario de la votación está prohibida la apertura de locales partidarios en un radio de hasta 80 metros de los establecimientos con mesas de comicios.