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Boletín Oficial de la República Argentina

Cambios en los plazos de pago del impuesto a las ganancias y bienes personales

25 de octubre de 2024Boletín Oficial de la República Argentina

La norma busca facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales mediante la modificación de fechas de vencimiento para contribuyentes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido una nueva resolución que modifica los plazos de ingreso de anticipos del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales para el período fiscal 2024. Esta medida se enmarca en la Resolución General N 975 y sus complementarias, que establecen los procedimientos que deben seguir las personas humanas y sucesiones indivisas para cumplir con sus obligaciones fiscales.

La resolución establece que los anticipos del impuesto a las ganancias deberán ser ingresados en fechas específicas, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de cada contribuyente. Para el primer anticipo, las fechas de vencimiento son las siguientes: los contribuyentes con CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 deberán cumplir con su obligación el 13 de noviembre de 2024; aquellos con CUIT terminados en 4, 5 y 6, el 14 de noviembre; y los que terminan en 7, 8 y 9, el 15 de noviembre. El segundo anticipo tiene plazos similares, con vencimientos del 13 al 17 de diciembre de 2024.

Además, se ha modificado el artículo 7 de la Resolución General N 975, que establece que la presentación de la declaración jurada anual deberá realizarse hasta mayo del año siguiente al período fiscal correspondiente, siguiendo el cronograma de vencimientos según la terminación del CUIT.

En cuanto al impuesto sobre los bienes personales, los plazos de ingreso del primer y segundo anticipo también han sido ajustados. El primer anticipo deberá ser ingresado entre el 14 y el 16 de octubre de 2024, y el segundo entre el 13 y el 15 de noviembre de 2024, dependiendo de la terminación del CUIT.

La resolución entrará en vigencia el día de su dictado y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, adaptando los plazos a las necesidades administrativas de la AFIP.

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