Boletín Oficial de la República Argentina
Importaciones: cambian las reglas y se agilizan trámites
El Decreto 892/2025 redefine requisitos para importar mercaderías, reduce certificaciones locales y habilita estándares internacionales
🟥 Decreto 892/2025: qué establece la normativa
El Poder Ejecutivo dictó el Decreto 892/2025, que introduce un esquema renovado para la importación y comercialización de mercaderías. La norma apunta a simplificar procesos, reducir cargas administrativas y facilitar el acceso a bienes producidos bajo estándares internacionales. La medida fue publicada el 16 de diciembre de 2025 y alcanza a una amplia gama de productos, con excepciones expresamente detalladas.
🟧 Objetivos centrales de la regulación
El decreto persigue tres ejes principales:
- Simplificación administrativa: se reducen trámites y exigencias previas para el ingreso de productos.
- Eficiencia regulatoria: se busca optimizar la relación entre el Estado y los importadores.
- Calidad y seguridad: se mantienen estándares técnicos mediante mecanismos de acreditación alternativos.
El enfoque reemplaza controles exclusivamente locales por un sistema de validación basado en equivalencias internacionales.
🟨 Requisitos para importar mercaderías
Para que una mercadería sea considerada apta para su importación y posterior comercialización, deberá cumplir al menos uno de los siguientes criterios:
- Habilitación en mercados externos: el producto debe estar autorizado para ingresar o comercializarse en alguno de los países incluidos en el Anexo I del decreto.
- Certificación de organismos reconocidos: se aceptan certificados emitidos por entidades acreditadas que validen el cumplimiento de normas técnicas vigentes.
- Ensayos de laboratorios acreditados: informes técnicos que acrediten condiciones de calidad y seguridad.
Este esquema reduce la duplicación de evaluaciones y acelera los tiempos de aprobación.
🟩 Productos bajo control específico
El decreto mantiene regímenes diferenciados para mercaderías sujetas a fiscalización especial, entre ellas:
- ANMAT: productos médicos, cosméticos y de higiene personal.
- SENASA: productos veterinarios, fitosanitarios y vinculados a la sanidad animal y vegetal.
En estos casos, los organismos continúan ejerciendo funciones de control, aunque adaptadas al nuevo sistema.
🟦 Qué productos quedan excluidos
La normativa no se aplica a:
- Armas, municiones y explosivos.
- Mercaderías usadas o reacondicionadas.
- Productos cuya comercialización esté prohibida.
- Alimentos alcanzados por regulaciones específicas.
Estas exclusiones buscan preservar esquemas regulatorios sensibles o ya consolidados.
🟧 Impacto esperado en el comercio
El cambio normativo genera efectos directos en distintos actores:
🟩 Un giro en la política de importaciones
El Decreto 892/2025 marca un avance hacia un sistema más flexible y alineado con estándares internacionales. La combinación de simplificación, control y equivalencias técnicas redefine el marco de importación y busca mejorar la competitividad del comercio exterior.
El detalle completo de los países habilitados puede consultarse en el Anexo I, disponible en el Boletín Oficial.
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