Boletín Oficial de la República Argentina
Servicios postales renovados: más competencia
El decreto simplifica regulaciones, fomenta la digitalización y promueve la competencia en el sector postal, mejorando el acceso y la calidad del servicio
El 8 de noviembre de 2024, se publicó un decreto que modifica el marco normativo de los servicios postales en el país. Este cambio se enmarca en un esfuerzo por desregular el sector y fomentar la competencia, eliminando barreras que han limitado el acceso y la calidad del servicio. El economista Federico Sturzenegger compartió detalles del alcance del Decreto 1005/24 en la red social X (antes Twitter), destacando que “el correo ya no tiene valor estratégico, por lo que desde ahora permitiremos que cualquiera pueda participar del negocio. Es una historia interesante”. Sturzenegger explicó que, históricamente, la regulación postal buscaba un control estatal riguroso, mencionando cómo la Ley 20.216, emitida durante el gobierno de Onganía, establecía un monopolio absoluto del correo oficial y facultaba la intervención de la correspondencia. Este marco, comparado con la distopía de “1984”, priorizaba el control por sobre los usuarios. En los años '90, el decreto 1187/93 de Domingo Cavallo abrió el sector a nuevos participantes, pero mantenía requisitos que complicaban la habilitación y la entrada de pequeñas y medianas empresas. Sturzenegger subrayó que el Decreto 1005/24 elimina estas restricciones, permitiendo que cualquier persona jurídica pueda operar servicios postales con solo notificar su actividad, sin necesidad de trámites de habilitación complejos. Asimismo, en el ámbito de la mensajería urbana, las personas humanas podrán participar sin demostrar tenencia de vehículos u otras instalaciones, lo que facilita la innovación y el desarrollo del comercio electrónico. Entre los cambios más destacados, se incluye la definición de "actividad del mercado postal", que abarca la admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de correspondencia y encomiendas de hasta 50 kilogramos, tanto a nivel nacional como internacional. Además, se reconoce la actividad de couriers y otros prestadores de servicios postales. El decreto también establece que los operadores postales podrán fijar libremente los precios y servicios que ofrezcan, sin intervención de la autoridad pública. Sin embargo, se garantiza que al menos un operador ofrezca el servicio postal universal en todo el territorio. Otro aspecto relevante es la digitalización de procesos. Se permitirá la verificación de identidad de remitentes y destinatarios de forma digital, utilizando el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y métodos de autenticación biométrica. Esto busca agilizar los trámites y mejorar la seguridad en el manejo de envíos. La normativa también incluye disposiciones sobre la indemnización por pérdidas o daños en los envíos, así como la prohibición de incluir ciertos objetos peligrosos en los envíos postales. Se establece que los prestadores deberán indemnizar por la pérdida o destrucción de los envíos, garantizando así una mayor protección al usuario. El decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, marcando un nuevo rumbo en la regulación del servicio postal, con un enfoque en la transparencia, la digitalización y la mejora de la calidad del servicio.
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