Boletín Oficial de la República Argentina
Vacunas aftosa: mercado abierto y ahorro millonario
Las resoluciones 749/25 y 750/25 modernizan el acceso a vacunas contra la Fiebre Aftosa, eliminando barreras y reduciendo costos
🟥 Contexto y relevancia de las resoluciones
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) emitió las Resoluciones 749/2025 y 750/2025, con firma de su titular @PiluGiraudo, con el objetivo de modernizar la autorización y control de vacunas y antígenos contra la Fiebre Aftosa en Argentina. Estas normas buscan facilitar el acceso a productos veterinarios, garantizar la sanidad animal y promover la competitividad del sector agropecuario. Según el posteo de Federico Sturzenegger, “Cambiar un país luego de 50 años de construcción de un sistema de castas no es una tarea fácil. Solo se necesita convicción, liderazgo y perseverancia”.
🟧 Qué es la Fiebre Aftosa y por qué importa
La Fiebre Aftosa es una enfermedad viral que afecta a los animales de producción y su erradicación es de interés nacional, según la Ley N° 24.305. SENASA es la autoridad encargada de planificar y ejecutar las acciones necesarias para combatirla. El objetivo de estas resoluciones es eliminar redundancias y privilegios que históricamente encarecieron el acceso a vacunas. Sturzenegger señala que “el sistema de castas se construye con un complejo entramado de regulaciones redundantes… los ahorros para los productores podrían alcanzar 100 millones de dólares anuales”.
🟨 Principales cambios de la Resolución 749/2025
Autorización por equivalencia
- Se incorpora el Artículo 57 bis, que permite excepciones a los requisitos previos para antígenos y vacunas de países con estándares sanitarios equivalentes.
- Busca facilitar la importación y disponibilidad de vacunas para los productores.
Impulso al comercio y la producción
- Se promueve el desarrollo de las cadenas productivas y el libre comercio, sin comprometer la sanidad animal.
- Según Sturzenegger, la resolución derriba la quinta y sexta murallas que protegían un mercado concentrado.
Vigencia inmediata
- Los cambios son aplicables a los procesos de autorización en curso desde la publicación en el Boletín Oficial.
🟩 Principales cambios de la Resolución 750/2025
Control de series comerciales en fábrica de origen
- El Artículo 4 bis permite que los productos autorizados mediante equivalencia y con Certificado de Uso y Comercialización (CUC) realicen el control oficial en el país de origen, cumpliendo estándares internacionales.
Alineamiento con estándares internacionales
- La norma asegura la calidad e inocuidad de los productos importados, fortaleciendo la sanidad animal y la seguridad alimentaria.
🟦 Impacto esperado en el sector agropecuario
- Productores: Acceso más ágil y económico a vacunas y antígenos.
- Comercializadores: Procedimientos más claros y alineados con estándares internacionales.
- Consumidores: Mayor seguridad en los productos agroalimentarios y reducción de costos indirectos en la producción de carne.
Sturzenegger destaca que, antes de estas medidas, “al arranque del proceso, el proveedor local vendía la vacuna a cuatro veces lo que cobraba en Paraguay… desde ese arranque los precios han convergido sustancialmente”. El posteo enfatiza que estas resoluciones marcan un avance en la apertura del mercado, eliminando privilegios acumulados desde 2001 y generando ahorros millonarios para productores y consumidores.
🟥 Conclusión
Las Resoluciones 749/25 y 750/25 de SENASA representan un paso decisivo hacia la modernización del mercado de vacunas contra la Fiebre Aftosa en Argentina. Al eliminar barreras y aplicar normas de equivalencia y control internacional, se busca garantizar sanidad animal, mejorar la competitividad del sector agropecuario y reducir costos. Como concluye Sturzenegger: “La libertad avanza o el país retrocede”, subrayando que la apertura del mercado refleja una política de transparencia y eficiencia en beneficio de productores y consumidores por igual.
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