DeQuéSeTrata

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Llamado de atención, apercibimiento e inclusión en inhabilidad de productores asesores

Notificación
martes, 1 de septiembre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Superintendencia de Seguros de la Nación aplica sanciones disciplinarias a productores asesores de seguros y dispone la inclusión de “Hermes Asesores de Seguros”/“Hermes Seguros” en la inhabilidad prevista en la Ley N° 22.400.

Análisis regulatorio

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Texto completo

SINTESIS: RESOL-2026-383-APN-SSN#MEC Fecha: 28/08/2026

Visto el EX-2026-22811814-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Aplicar a los Productores Asesores de Seguros Sr. Elías Eduardo ROMERO (Matrícula N° 83.486), Sra. Camila Victoria RUIZ IZASA (Matrícula N° 100.938), y Sr. Julio Ariel TORO LEANIZ (Matrícula N° 71.034) un LLAMADO DE ATENCIÓN, en los términos del artículo 59 inciso a) de la Ley N° 20.091. Aplicar al Productor Asesor de Seguros Sr. Hermes Eduardo RODRÍGUEZ (Matrícula N°35.413) un APERCIBIMIENTO, en los términos del artículo 59 inciso b) de la Ley N° 20.091. Incluir a “Hermes Asesores de Seguros” y/o “Hermes Seguros” en la inhabilidad prevista en el artículo 8° inciso g) de la Ley N° 22.400.

Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 01/09/2026 N° 61692/26 v. 01/09/2026