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Resolución Sintetizada 671/2026 / ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM inscribe a LINKUP INTERNET S.R.L. como OMV con infraestructura en el Registro de Servicios TIC

Notificación
miércoles, 29 de julio de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Resolución 671/2026 del ENACOM inscribe a LINKUP INTERNET S.R.L. en el Registro de Servicios TIC como Operador Móvil Virtual (OMV) con infraestructura. Aclara que el registro no implica garantía estatal de disponibilidad de frecuencias, y que la autorización/permiso para usarlas debe tramitarse ante el ENACOM.

Análisis regulatorio

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Texto completo

RESOL-2026-671-APN-ENACOM#JGM FECHA 27/7/2026

EX-2018-12994480-APN-SDYME#ENACOM

El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la firma LINKUP INTERNET S.R.L. en el Registro de Servicios TIC , como Operador Móvil Virtual (OMV) con infraestructura. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 3. - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.

e. 29/07/2026 N° 52651/26 v. 29/07/2026