Resolución Sintetizada 447/2026 / ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Inscripción de NODOSUD SA en el Registro de Servicios TIC (radiodifusión por suscripción)
Resumen
La norma dispone la inscripción de NODOSUD SA en el Registro de Servicios TIC para el servicio de radiodifusión por suscripción. Aclara que dicha inscripción no implica garantía estatal de disponibilidad de frecuencias y que el permiso/autorización de uso del espectro debe tramitarse ante ENACOM.
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Texto completo
RESOL-2026-447-APN-ENACOM#JGM FECHA 29/06/2026
2025-01930999- -APN-REYS#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Inscribir a la firma NODOSUD S.A. en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM, de conformidad con los términos y condiciones, estipulados en el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente, y en la demás normativa aplicable 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. - Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.
e. 01/07/2026 N° 45847/26 v. 01/07/2026