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Resolución Sintetizada 491/2026 / ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Inscripción de NE.SAR S.R.L. en el Registro de Servicios TIC (Radiodifusión por Suscripción)

lunes, 6 de julio de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

Se dispone la inscripción de NE.SAR S.R.L. en el Registro de Servicios TIC para el servicio de Radiodifusión por Suscripción. La resolución aclara que el registro no implica obligación estatal de disponibilidad de frecuencias y que el permiso/autorización de uso de espectro debe tramitarse ante ENACOM.

Análisis regulatorio

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Texto completo

RESOL-2026-491-APN-ENACOM#JGM FECHA 02/07/2026

EX-2025-137661352-APN-REYS#ENACOM

El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Inscribir a la firma NE.SAR S.R.L. en el Registro de Servicios TIC, el servicio de Radiodifusión por Suscripción. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.

e. 06/07/2026 N° 47057/26 v. 06/07/2026