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Resolución Sintetizada 586/2026 / ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM: inscripción de FIBRAS OPTICAS DE MAR DEL PLATA S.A. en el Registro de Servicios TIC

viernes, 17 de julio de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La resolución dispone la inscripción de FIBRAS OPTICAS DE MAR DEL PLATA S.A. en el Registro de Servicios TIC de ENACOM para el servicio de radiodifusión por suscripción. Además aclara que la inscripción no implica garantía de disponibilidad de frecuencias y que el permiso/autoridad para uso del espectro debe tramitarse ante ENACOM.

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Texto completo

RESOL-2026-586-APN-ENACOM#JGM FECHA 15/07/2026

EX-2026-24509639- -APN-ALYAT#ENACOM

El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la empresa FIBRAS OPTICAS DE MAR DEL PLATA S.A. en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución N° 697, del 28 de diciembre de 2017, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción. 2.- Establecer que los presentes registros no presuponen la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), de onformidad con los términos y condiciones, estipulados en el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente, y en la demás normativa aplicable. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.

e. 17/07/2026 N° 49966/26 v. 17/07/2026