DeQuéSeTrata

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Prohíbe a Productores de Frutas Argentinas Cía. de Seguros celebrar nuevos contratos de seguro

Notificación
martes, 25 de agosto de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Superintendencia de Seguros de la Nación prohíbe a un productor/entidad aseguradora celebrar nuevos contratos de seguro en todas las ramas en las que opera e intimar su adecuación a un informe técnico. La inhibición de bienes existente se mantiene.

Análisis regulatorio

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Texto completo

SINTESIS: RESOL-2026-365-APN-SSN#MEC Fecha: 21/08/2026

Visto el EX-2026-40489304-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Prohibir a PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50005918-0) celebrar nuevos contratos de seguro en todas las ramas en las que opera. Intimar a PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50005918-0) a adecuarse a los términos del Informe IF-2026-80967912-APN-GTYN#SSN que forma parte integrante de la presente. Mantener la INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES oportunamente dispuesta mediante Resolución RESOL-2021-688-APN-SSN#MEC, de fecha 16 de septiembre, cuyo encuadre fuera ampliado mediante Resolución RESOL-2024-299-APN-SSN#MEC, de fecha 28 de junio.

Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 25/08/2026 N° 59695/26 v. 25/08/2026