Disposición 3/2026 / AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Modifica el Régimen de Reemplazos para la División Fiscalización Externa III (DICOGC)
Resumen
La Disposición DI-2026-3-E-ARCA establece/ajusta el Régimen de Reemplazos aplicable ante ausencia por licencia o impedimento del titular de la División Fiscalización Externa III (DICOGC), designando equipos fiscales como reemplazantes. Asimismo, deja sin efecto la disposición anterior en lo referido a esa área.
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Texto completo
Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2026
VISTO la disposición DI-2025-13-E-AFIP-DICOGC#SDGOIGC del 29/08/2025 y,
CONSIDERANDO
Que mediante la disposición mencionada en el Visto DI-2025-13-E-AFIP DICOGC#SDGOIGC del 29/08/2025 se estableció el Régimen de Reemplazos ante la ausencia o impedimento del titular de la División Fiscalización Externa III dependiente de la Dirección de Control Grandes Contribuyentes de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes.
Que por razones funcionales y atento a la propuesta de la División Fiscalización Externa III dependendiente de la Dirección de Control Grandes Contribuyentes, resulta procedente modificar el Régimen de Reemplazos, únicamente para los casos de ausencia por licencia o impedimento del titular de la División Fiscalización Externa III(DICOGC).
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Disposiciones 7/2018 (AFIP) del 05/01/2018, 179/24 (AFIP) del 30/10/2024 y 1/2026 (SDGOIGC) del 19/06/2026
Por ello,
EL REEMPLAZO DEL DIRECTOR (INT.) DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL GRANDES CONTRIBUYENTES
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el Régimen de Reemplazos, únicamente para los casos de ausencia por licencia o impedimento del titular del área de la División Fiscalización Externa III, según el siguiente detalle:
DIVISIÓN FISCALIZACIÓN EXTERNA III (DICOGC)
1° Reemplazo: EQUIPO FISC. 3 G (DVFE3G)
2° Reemplazo: EQUIPO FISC. 3 A (DV FE3G)
3° Reemplazo: EQUIPO FISC. 3 C (DV FE3G)
ARTÍCULO 2°.- Déjese sin efecto la DI-2025-13-E-AFIP-DICOGC#SDGOIGC de fecha 29/08/2025, en lo referente al área mencionada en el ARTÍCULO 1°.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese y dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese
Mariela Laura Castagna
e. 21/07/2026 N° 50952/26 v. 21/07/2026