Resolución Sintetizada 503/2026 / ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
ENACOM inscribe a Internet La Esmeralda S.A.S. en el registro TIC (radiodifusión por suscripción)
Resumen
La Resolución 503/2026 ordena inscribir a la firma INTERNET LA ESMERALDA S.A.S. en el Registro de Servicios TIC para el servicio de Radiodifusión por Suscripción. Además, aclara que el registro no implica garantía estatal de disponibilidad de frecuencias y que el permiso/ autorización de uso de espectro debe tramitarse ante ENACOM.
Análisis regulatorio
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Texto completo
RESOL-2026-503-APN-ENACOM#JGM FECHA 03/07/2026
EX-2026-12496751- -APN-AASYST#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la firma INTERNET LA ESMERALDA S.A.S. en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución N° 697, del 28 de diciembre de 2017, el servicio de Radiodifusión por Suscripción. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.
e. 08/07/2026 N° 47755/26 v. 08/07/2026