Disposición 83/2026 / AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO ADUANA GUALEGUAYCHÚ
Aprueba venta de mercaderías en subasta electrónica Nº 3.922 (Aduana Gualeguaychú)
NotificaciónResumen
Se aprueban los lotes vendidos en la subasta electrónica Nº 3.922 y se autoriza a los compradores a retirar la mercadería una vez abonados los saldos e impuestos. La disposición se publica por un día en el Boletín Oficial.
Análisis regulatorio
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Anexos
Texto completo
Gualeguaychú, Entre Ríos, 28/08/2026
VISTO la Disposición DI-2026-69-E-ARCA-ADGUAL#SDGOAI, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición del Visto, se autorizó la venta de las mercaderías a través del mecanismo de subasta electrónica por intermedio del Banco Ciudad de Buenos Aires.
Que dicho acto se llevó a cabo el día 13-08-2026 bajo la modalidad electrónica, a través de la página web del Banco Ciudad de Buenos Aires mediante Subasta Nº 3.922.
Que dicha subasta fue realizada por el Banco Ciudad de Buenos Aires, por cuenta, orden y en nombre de la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, con base y resultados sujeto a la aprobación de la misma.
Que el Banco informa que se han vendido los lotes detallados en el Anexo IF-2026-02684638-ARCA-ADGUAL#SDGOAI.
Que la presente se dicta conforme facultad conferida por la Ley 25603, Ley 22415 y el Decreto Nº 618/97 (AFIP).
Por ello y en uso de las facultades conferidas mediante Disposición DI-2026-56-E-ARCA-ARCA.
EL ADMINISTRADOR DE LA DIVISIÓN ADUANA DE GUALEGUAYCHÚ
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la venta de los lotes detallados en el Anexo IF-2026-02684638-ARCA-ADGUAL#SDGOAI, que forma parte integrante del presente acto, comercializado en subasta electrónica Nº 3.922.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR a los respectivos compradores al retiro de la mercadería subastada, a su cuenta y cargo, luego de que hayan abonado los saldos pendientes y los impuestos correspondientes en su caso. Todo de conformidad a las cláusulas del convenio y las generales de venta suscripta con el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 3º.- TOME conocimiento e intervención la Oficina Mercaderías de Secuestros y Rezagos dependiente de la Sección Inspección Operativa.
ARTÍCULO 4º.- Publicar en el Boletín Oficial de la República Argentina la presente, por el plazo de UN (1) día.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Pase a la Dirección Regional Aduanera Hidrovía para la intervención de su competencia. Cumplido, archívese.
German Gabriel Weckesser
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/09/2026 N° 61749/26 v. 01/09/2026