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RESOLUCIÓN Nº 421-MMYDGP-2026 / MINISTERIO DE MUJERES Y DIVERSIDAD

Crea el Programa Memoria Histórico Política “Memorables” y aprueba su documento de gestión

martes, 21 de julio de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gba.gob.ar ↗

Resumen

La Resolución crea el Programa “Memoria Histórico Política Memorables” para recuperar colectivamente la historia e identidad situada de mujeres y LGTBIQ+ en localidades bonaerenses. Asimismo aprueba su documento de gestión y asigna a la Dirección de Políticas Culturales para la Igualdad la planificación, coordinación, organización, ejecución y evaluación.

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Texto completo

MINISTERIO DE MUJERES Y DIVERSIDAD RESOLUCIÓN Nº 421-MMYDGP-2026 LA PLATA, BUENOS AIRES Martes 14 de Julio de 2026

VISTO el EX-2026-19042565-GDEBA-DSTAMMYDGP por el cual tramita la creación del Programa de Memoria Histórico Política "Memorables" y,

CONSIDERANDO: Que conforme surge de la Ley N° 15.477 el Ministerio de Mujeres y Diversidad tiene como acciones, entre otras, la de entender en el diseño, monitoreo y evaluación de normativas y políticas que contribuyan a la igualdad de géneros en lo jurídico, económico, laboral, político, social y cultural, intervenir en la incorporación de la perspectiva de género de manera transversal al conjunto de las políticas de gobierno y entender en la representación de la provincia de Buenos Aires en las temáticas vinculadas a la perspectiva de género y diversidad ante los organismos nacionales e internacionales; Que por Decreto N° 45/20 y sus modificatorios N° Decreto N° 5/22 y el Decreto N° 652/26, se aprobó la estructura organizativa del Ministerio de Mujeres y Diversidad de la provincia de Buenos Aires, determinando la creación de la Dirección Provincial de la Escuela de Género, Gobierno y Comunidad quien asistirá a la Ministra en la promoción de procesos de formación en expresiones artísticas mediante la educación y la comunicación popular en articulación con los municipios y las organizaciones de la comunidad para promover el derecho a la comunicación y la cultura de las mujeres, géneros y diversidades, en coordinación con el Instituto Cultural de la provincia de Buenos Aires o la repartición que en el futuro lo reemplace; Que, asimismo, la Dirección de Políticas Culturales para la Igualdad tiene entre sus competencias la de promover acciones culturales, artísticas, recreativas, comunicacionales, lúdicas y deportivas, específicas y permanentes, para la promoción de la igualdad de género y contra toda forma de discriminación hacia las mujeres y personas LGTBIQ+, en coordinación con las áreas de competencia en la materia así como también, la elaboración de contenidos, intervenciones y acciones culturales, artísticas, recreativas, lúdicas y deportivas populares para promover la equidad de género que reconozcan las múltiples identidades bonaerenses e intersecciones de mujeres y personas LGTBIQ+, en articulación con otras áreas con competencia en la materia; Que la tarea que se propone desde el Ministerio de Mujeres y Diversidad es reconstruir las historias que articulen las tramas complejas, heterogéneas, plagadas de contradicciones y disputas que encarnaron las luchas de los feminismos; Que para ello, el programa se propone construir una memoria situada que valorice las trayectorias de mujeres y LGTBIQ+ partiendo de un proceso pedagógico cultural de investigación, cuya sistematización será guiada por la Dirección de Políticas Culturales para la Igualdad; Que desplegar narrativas descentradas es una apuesta a construir una historia que se corra del enfoque de la tradición liberal - que ubica en el sujeto y la acción individual la praxis política por excelencia - para trazar un itinerario que contemple la pluralidad de tensiones, voces y los diálogos posibles en clave colectiva sobre las luchas del pasado y del presente; Que se considera que el espacio para instalar la Galería de “Memorables” deben ser las sedes centrales de los municipios porque es una manera de institucionalizar el reconocimiento a las mujeres y diversidades en el lugar del poder y la toma de decisiones sobre políticas públicas locales, y través de diversas expresiones artísticas en las que participe la comunidad y perduren en las mismas; Que la población destinataria del programa está integrada por áreas municipales de género, cultura, juventudes y, aquellas que cada municipio proponga, universidades, organizaciones sociales y comunitarias, políticas, feministas, sindicales y deportivas de cada localidad; Que el objetivo del programa es recuperar colectivamente, mediante instancias de indagación, intercambio y formación, la historia e identidad situada de mujeres y LGTBIQ+ en las localidades de la provincia de Buenos Aires, en pos de identificar, representar y visibilizar sus trayectorias; Que ha tomado la intervención que es de su competencia la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 11 y 29 de la Ley N°15.477;

Por ello,

LA MINISTRA DE MUJERES Y DIVERSIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Crear el Programa Memoria Histórico Política "Memorables", bajo la órbita de la Subsecretaría de Políticas Transversales de Género, con la finalidad de recuperar colectivamente, mediante instancias de indagación, intercambio y formación, la historia e identidad situada de mujeres y LGTBIQ+ en las localidades de la provincia de Buenos Aires, en pos de identificar, representar y visibilizar sus trayectorias.

ARTÍCULO 2°. Aprobar el documento de gestión del Programa “Memorables” que, como Anexo Único (IF-2026-22388282- GDEBA-DPFIYPCIMMYDGP), forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3°. Designar a la Dirección de Políticas Culturales para la Igualdad dependiente de la Dirección Provincial de la Escuela de Género, Gobierno y Comunidad a cargo de la planificación, coordinación, organización, ejecución y evaluación del Programa creado en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 4°. Facultar a la Subsecretaría de Políticas Transversales de Género a dictar las normas reglamentarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación de la presente.

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, pasar a la Subsecretaría de Políticas Transversales de Género. Dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Estela Elvira Díaz, Ministra.

ANEXO/S IF-2026-22388282-GDEBA- 8a69e1e8036908afbf4971251045c9f170bb40c211f9f9aea0bc336a37182397 Ver DPFIYPCIMMYDGP