Resolución Sintetizada 504/2026 / ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Inscripción en el Registro de Servicios TIC del servicio de radiodifusión por suscripción
Resumen
La resolución dispone inscribir a LA RIOJA TELECOMUNICACIONES S.A.P.E.M. en el Registro de Servicios TIC para el servicio de radiodifusión por suscripción. Aclara que el registro no implica garantía estatal de disponibilidad de frecuencias y que el permiso de uso del espectro debe tramitarse ante ENACOM.
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Texto completo
RESOL-2026-504-APN-ENACOM#JGM FECHA 03/07/2026
EX-2025-140155477-APN-REYS#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la firma LA RIOJA TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (S.A.P.E.M.) en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución N° 697, del 28 de diciembre de 2017, el servicio de Radiodifusión por Suscripción. 2.- Establezer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.
e. 07/07/2026 N° 47610/26 v. 07/07/2026