TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
Edicto del Tribunal Fiscal: declaración de rebeldía y plazo de 10 días para acreditar acogimiento Ley 27.260
Resumen
El Tribunal Fiscal de la Nación comunica, por edictos, la declaración de rebeldía de ALAMO LOGÍSTICA E TRANSPORTES INTERMODAL LTDA y notifica un apercibimiento de continuidad del trámite. Asimismo, intiman por última vez a la Dra. María Laura Ugartemendia para que, en 10 días, acompañe documentación que acredite el acogimiento al régimen de la Ley 27.260.
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Texto completo
El Tribunal Fiscal de la Nación, Sala G, Vocalía de la 20° Nominación, a cargo de la Dra. Claudia B. Sarquis, con sede en la calle Alsina 470, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por dos (2) días en autos: ALAMO LOGISTICA E TRASNPORTES INTERMODAL LTDA. C/DGA S/ RECURSO DE APELACION” Expte. N° 30.347-A, que se ha dictado la siguiente resolución: “En atención al estado de autos, visto lo manifestado a fs. 154 por el Dr. Farinati, en cuanto a su inhabilitación de la matrícula de abogados y su comunicación fehaciente a la firma Alamo Logística e Transporte International LTDA. De fs. 162, de la se desprende que el Director de la misma tomó conocimiento que debía comparecer en autos con un nuevo letrado, encontrándose ampliamente vencido el plazo concedido para presentarse a estar a derecho, corresponde declarar la rebeldía de Alamo Logística e Transportes Intermodal LTDA. En autos (art. 53, inc. 6, del CPCCN). Notifíquese por edicto la presente declaración (art. 17, 19 y concordantes del Reglamento de procedimiento de este Tribunal, texto según RESOL-2023-91-APN-TFN#MEC).Asimismo, atento al tiempo transcurrido desde la notificación a la Dra. María Laura Ugartemendia, a fin de que aclare su presentaciónde fs. 168/169 en relación a la manifestación de voluntad de acogimiento al régimen previsto en la Ley 27.260, intímese por última vez y por el plazo de 10 (diez) días, a la mencionada letrada a fin de que acompañe la documentación que acredite tal acogimiento, bajo apercibimiento de continuar la causa en el estado en que se encuentra. Notifíquese…” FIRMADO: Dra. Claudia B. Sarquis. VOCAL.
Miguel Nathan Licht, Presidente.
e. 30/06/2026 N° 42870/26 v. 01/07/2026