Resolución Sintetizada 821/2026 / ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Inscripción de ANURA S.A. como Operador Móvil Virtual con Infraestructura en el Registro TIC
NotificaciónResumen
ENACOM dispone la inscripción de ANURA S.A. en el Registro de Servicios TIC para operar como Operador Móvil Virtual (OMV) con Infraestructura. La inscripción no implica garantía estatal de frecuencias ni de recursos de numeración/señalización; su autorización o permiso debe tramitarse ante el ENACOM.
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Texto completo
RESOL-2026-821-APN-ENACOM#JGM FECHA 25/08/2026
EX-2022-29701920-APN-SDYME#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Inscribir a la firma ANURA S.A., en el Registro de Servicios TIC, el servicio de Operador Móvil Virtual (OMV) con Infraestructura. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico ni la disponibilidad de recursos de numeración y/o señalización para la prestación del servicio, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de los mismos, tramitarse ante este ENACOM. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. - Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Maria Florencia Torres Brizuela, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 27/08/2026 N° 60551/26 v. 27/08/2026