HOY

REFORMA

Ahora clínicas, consultorios y laboratorios pueden financiar sus deudas con el fisco

La norma abarata la regularización fiscal para un universo más amplio de prestadores de salud y les da más tiempo para adherir, reduciendo el costo de ponerse al día con el fisco.

Nota editorial DQST (migrada)

Desarrollo

La reforma amplía el universo de quienes pueden entrar al régimen especial de facilidades de pago del sector salud. Antes el beneficio quedaba limitado a los establecimientos con internación; ahora también alcanza a los prestadores sin internación, que podrán regularizar en cuotas sus obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de mayo de 2026.

Los ganadores son claros: consultorios, laboratorios y centros ambulatorios que hasta ahora quedaban afuera, junto con los establecimientos con internación que ya estaban comprendidos y las cámaras del sector. Para ellos, el cambio reduce el costo financiero de ponerse al día con el fisco y da un mes extra para decidir sumarse.

No aparece un perdedor evidente. El fisco resigna cobro inmediato, pero apuesta a que un sector con dificultades financieras regularice su situación por la vía del cumplimiento voluntario. Por eso importa: facilita que buena parte del sistema de salud ordene sus cuentas sin quedar asfixiado por deudas vencidas.

Qué cambió

Antes: Hasta ahora, en líneas generales, el plan especial para saldar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social del sector salud estaba reservado a los establecimientos con internación, que debían contar con una caracterización específica (481).

Ahora: El régimen se abre a todos los prestadores de salud, incluidos los que no tienen internación —como consultorios, laboratorios y centros ambulatorios—, que ahora pueden adherir mediante una nueva caracterización (533). Además, el plazo para sumarse se extiende del 30 de septiembre al 30 de octubre de 2026.

Nota editorial DQST

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