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Cinco años de trayectoria en el mercado reemplazan al examen de idoneidad

La Resolución General 1173/2026 de la CNV abre una vía de inscripción sin examen para quienes acrediten cinco años continuos en cargos relevantes de entidades fiscalizadas, y habilita a universidades y asociaciones a tomar la evaluación que hasta hoy solo administraba el organismo.

Resolución General 1173/2026 · COMISIÓN NACIONAL DE VALORESBoletín Oficial · 2026-10-15Publicado por DQST · 15 de oct de 2026GENERADA DESDE LA BASE · GATE EDITORIAL

Cinco años de trayectoria en el mercado reemplazan al examen de idoneidad

Antes

Para inscribirse como idóneo había que rendir y aprobar sí o sí el examen de idoneidad ante la CNV, único organismo que lo tomaba. La matrícula, una vez obtenida, se mantenía de forma permanente.

Después

Quien acredite 5 años continuos en cargos de responsabilidad relevantes en entidades fiscalizadas por la CNV puede inscribirse presentando documentación de conocimientos equivalentes, sin examen. Universidades, asociaciones y otras personas jurídicas pueden administrarlo tras reconocimiento de la CNV, y la matrícula caduca tras 2 años de inactividad.

Una vía de ingreso que no pasa por el examen

5 años continuos en cargos de responsabilidad relevantes dentro de entidades fiscalizadas por la CNV alcanzan ahora para inscribirse como idóneo del mercado de capitales. El aspirante presenta documentación que acredite conocimientos equivalentes y evita la evaluación.

El examen sigue existiendo como camino, pero deja de ser obligatorio: a la aprobación y a las eximiciones por certificaciones se suma el régimen de trayectoria profesional.

El examen deja de ser monopolio de la CNV

Universidades, asociaciones profesionales y otras personas jurídicas pueden administrar materialmente el examen tras ser reconocidas por el organismo. No pagan aranceles a la CNV por la autorización, pero cobran al postulante hasta el valor máximo que fije el regulador.

El margen de esas entidades queda acotado: no pueden modificar unilateralmente contenidos, banco de preguntas ni criterios de aprobación, ni superar el precio máximo. La CNV conserva la definición de contenidos y la supervisión permanente. Los agentes registrados tienen prohibido pedir ese reconocimiento, por incompatibilidad con ser empleador o contratante del evaluado.

La matrícula permanente pasa a tener fecha de vencimiento

2 años de inactividad implican la baja definitiva del registro. Para conservar la condición de idóneo hay que mantener vínculo con un agente y realizar los cursos de actualización que determine la CNV. La aprobación del examen tiene una validez de 2 años.

El organismo enmarca el cambio en la decisión de «modernizar el régimen de acreditación de idoneidad, adecuándolo a las herramientas tecnológicas disponibles y a las necesidades actuales del mercado de capitales».

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