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REFORMA·▲ EL ESTADO AVANZÓ · REGULA·Administración Pública Nacional centralizada

El empleado estatal que se va cobra hasta 20 sueldos y no puede volver por 8 años

El Decreto 1203/2026 abre del 1 al 30 de noviembre de 2026 un retiro voluntario para la planta permanente y los contratados por tiempo indeterminado de la APN centralizada, con una gratificación de egreso de hasta 18 a 20 sueldos según el grupo o del 60% mensual por hasta 36 meses.

Por · Director editorial

Decreto 1203/2026 · ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONALBoletín Oficial · 2026-10-19Publicado por DQST · 19 de oct de 2026

El empleado estatal que se va cobra hasta 20 sueldos y no puede volver por 8 años

Antes

Quien quería irse del Estado tenía solo la renuncia simple o el acuerdo de partes del artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, sin un esquema compensatorio reglado, y podía reingresar al sector público en cualquier momento.

Después

Entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026 puede adherir a un retiro con gratificación de hasta 18 a 20 sueldos o del 60% mensual por hasta 36 meses, a cambio de no reingresar al Sector Público Nacional por 8 años, salvo cargos docentes en universidades nacionales.

Una salida paga que antes no estaba escrita

El decreto crea un Régimen de Retiro Voluntario para el personal de planta permanente regido por la Ley 25.164 y para los contratados por tiempo indeterminado de la Administración Pública Nacional centralizada. Hasta ahora ese personal solo contaba con la renuncia o el acuerdo de partes, sin gratificación específica.

El considerando ubica la medida dentro de una política que, según el texto, procura «una adecuada y eficiente asignación de los recursos públicos». Los cargos de quienes adhieran se suprimen al cesar la relación de empleo.

Cuánto cobra cada grupo

El monto depende de la edad y los aportes. El Grupo 1 puede optar por el 60% de la remuneración mensual por hasta 36 meses o una gratificación única de hasta 18 sueldos. El Grupo 2 percibe hasta 18 sueldos más 5 adicionales. El Grupo 3 cobra hasta 20 sueldos, con 4 o 5 adicionales según antigüedad.

La gratificación única se paga en un solo giro cuando no supera los 20 millones de pesos; por encima de ese monto se abona en cuotas mensuales de 20 millones, hasta un máximo de tres.

El precio: 8 años afuera y renuncia a reclamos y fuero gremial

Quien adhiere no puede reingresar al Sector Público Nacional bajo ninguna modalidad durante 8 años desde la baja, con la única excepción de cargos docentes en universidades nacionales; el incumplimiento obliga a restituir las sumas cobradas.

Para poder adherir, el empleado debe desistir de los reclamos administrativos o judiciales contra la APN —salvo los fundados en la Ley 24.557 de riesgos del trabajo— y quien tenga mandato o candidatura gremial debe renunciar a esa representación, condicionada a la aceptación del retiro.

La última palabra la tiene la jurisdicción

La adhesión no es automática. Las autoridades de cada jurisdicción pueden rechazar las solicitudes invocando la continuidad del servicio, y la sola invocación de esa causal basta como motivación. El acto debe dictarse en 40 días corridos; el silencio equivale a rechazo.

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