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ANÁLISIS

El Gobierno prorroga la emergencia eléctrica hasta fin de 2027

Un DNU extiende la emergencia del sector eléctrico en generación, transporte y distribución hasta el 31 de diciembre de 2027, equiparándola con la del gas natural. Mantiene las facultades excepcionales de la Secretaría de Energía para sostener el servicio.

Nota editorial DQST (migrada)

Desarrollo

El Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 585/26 (publicado como Decreto N° 48509/26), que prorroga la emergencia del Sector Energético Nacional en los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal. La medida extiende esa declaración —originalmente establecida por el Decreto N° 55/23 y prorrogada sucesivamente— hasta el 31 de diciembre de 2027. De este modo, la vigencia de la emergencia eléctrica, que vencía el 9 de julio de 2026, queda equiparada con la de la emergencia de transporte y distribución de gas natural, ya extendida hasta esa misma fecha por el Decreto N° 49/26.

La norma fundamenta la prórroga en la interdependencia operativa y económica entre los sistemas eléctrico y gasífero, dado que la generación térmica —que depende del gas natural como insumo crítico— sigue siendo un componente sustancial del abastecimiento eléctrico. El texto también invoca la reconfiguración del sistema de transporte de gas natural dispuesta por la Secretaría de Energía, que incluyó la rescisión del contrato de transporte firme sobre el Gasoducto Perito Moreno, y su impacto directo sobre la programación y el despacho del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Qué justifica la continuidad de la emergencia

El decreto sostiene que, pese a mejoras parciales, persisten las circunstancias que motivaron la declaración original. Entre los datos técnicos citados menciona que, frente al máximo de demanda de 30.257 MW registrado en febrero de 2025, el margen disponible fue de apenas 4,4%, un nivel considerado insuficiente para garantizar reservas operativas. También señala que las principales estaciones transformadoras operan con niveles de carga superiores al 90%, que más del 60% de las fallas en distribución ocurren en alimentadores de más de 25 años, y que las ampliaciones del sistema de transporte durante 2025 (154 km de líneas y 1.580 MVA de capacidad) resultaron insuficientes ante las necesidades estructurales del sector.

La prórroga permite mantener las facultades excepcionales otorgadas a la Secretaría de Energía y a la Subsecretaría de Energía Eléctrica para conducir el proceso de normalización del MEM, sostener mecanismos transitorios de confiabilidad y continuar con obras prioritarias de transporte en alta tensión. El texto destaca además la mejora en la cadena de pagos: la tasa de cobrabilidad de CAMMESA pasó de cerca del 48% en diciembre de 2023 a niveles próximos al 97%. También refiere la política de reducción progresiva de subsidios, en coordinación con el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados, señalando que en mayo de 2026 el Precio Estacional con bonificaciones para usuarios residenciales subsidiados representó cerca del 24% del precio de referencia. Según los considerandos, de no disponerse la prórroga podrían producirse discontinuidades regulatorias, demoras operativas y mayores riesgos sobre la continuidad del servicio.

Nota editorial DQST

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