REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·Palais de Glace · Turismo y cultura
El Palais de Glace pasará a manos de un operador privado por concesión
El Decreto 1106/2026 habilita que un privado explote y administre el Palacio Nacional de las Artes mediante concesión bajo la Ley 17.520, adjudicada por Licitación Pública Nacional e Internacional que debe convocarse dentro de los 12 meses.
Decreto 1106/2026 · PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES (PALAIS DE GLACE)Boletín Oficial · 2026-09-28Publicado por DQST · 28 de sept de 2026GENERADA DESDE LA BASE · GATE EDITORIAL

Antes
El Estado explotaba y administraba directamente el Palacio Nacional de las Artes (Palais de Glace), sin apertura a operadores privados.
Después
Un operador privado podrá explotar, administrar, poner en valor y conservar el edificio mediante concesión bajo la Ley 17.520, con explotaciones complementarias compatibles con su carácter cultural.
El Estado se retira de la gestión directa de un monumento histórico
El edificio, ubicado en Posadas 1725 y Avenida del Libertador 1248, fue declarado Monumento Histórico Nacional en 2004 y renombrado como Palacio Nacional de las Artes en 2005. El decreto establece que ese inmueble «será objeto de concesión para su puesta en valor, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento y prestación de servicios».
La concesión se otorga bajo el régimen de la Ley 17.520, que faculta al Poder Ejecutivo a entregar la explotación de obras e infraestructuras públicas a sociedades privadas o mixtas mediante el cobro de tarifas u otras remuneraciones.
Doce meses para convocar la licitación internacional
12 meses es el plazo, contado desde la entrada en vigencia del decreto, dentro del cual debe convocarse la Licitación Pública Nacional e Internacional para adjudicar la concesión.
El decreto admite explotaciones complementarias o accesorias que contribuyan a la sostenibilidad económica del inmueble, con la condición de que sean estrictamente compatibles con su carácter cultural.
La Secretaría de Obras Públicas conduce todo el proceso
La Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía queda facultada para convocar la licitación «bajo la modalidad que estime más conveniente», aprobar los pliegos y el modelo de contrato, calificar oferentes, resolver impugnaciones y dictar la adjudicación.
El proceso contará con la intervención de la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dado que el edificio sigue sometido al régimen de protección de la Ley 12.665.
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