REFORMA
El sector lácteo queda afuera de un registro obligatorio del agro
Elimina la obligación de inscripción y la fiscalización registral del SIOCAL para los operadores lácteos, quitando una barrera administrativa de entrada al mercado lácteo y reduciendo el costo de cumplimiento para esos operadores.
Nota editorial DQST (migrada)
Desarrollo
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca sustituyó los anexos del Sistema de Información de Operadores de Carnes y Lácteos (SIOCAL) y sacó al sector lácteo de su ámbito de aplicación. En concreto, desaparece la obligación de inscripción y fiscalización que pesaba sobre usinas, plantas de leche y comercializadores de productos como quesos, manteca, leche en polvo y yogur.
Los beneficiados directos son esos operadores lácteos y los productores tamberos, que dejan de soportar la carga administrativa de anotarse y mantener al día su registro. Del otro lado, la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario pierde la competencia de registro sobre los lácteos y concentra su tarea en carnes, ganados y granos, cuyos anexos además se actualizaron y simplificaron para adecuarlos a las prácticas comerciales vigentes.
El cambio importa porque redefine quién queda bajo la lupa de este sistema de control comercial. La trazabilidad del sector lácteo, de mantenerse, deberá canalizarse por otros marcos regulatorios ajenos al SIOCAL, que en adelante se enfoca en los demás rubros del agro.
Qué cambió
Antes: Hasta ahora regía, en líneas generales, la obligación de que las usinas, plantas de leche y comercializadores de quesos, manteca, leche en polvo y yogur se inscribieran en el SIOCAL y quedaran bajo la fiscalización del control comercial agropecuario.
Ahora: El rubro lácteo se excluye del SIOCAL: sus operadores dejan de estar obligados a inscribirse y mantener actualizada su registración ante la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario.
Nota editorial DQST
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