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Las mineras piden el recupero del IVA de exploración por el sistema web, sin bajar aplicativo

La Resolución General 5879/2026 abroga la RG 1.761 e incorpora la devolución del IVA de exploración minera al Sistema Integral de Recupero (SIR), con formulario F 8147 y el procedimiento del Anexo III.

Resolución General 5879/2026 · AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANEROBoletín Oficial · 2026-07-23Publicado por DQST · 27 de jul de 2026GENERADA DESDE LA BASE · GATE EDITORIAL

Antes

La solicitud se presentaba con el programa aplicativo 'RECUPERO DE IVA - REGIMENES ESPECIALES - Versión 2.0', que se transfería desde la página del organismo, según la RG 1.761.

Después

La solicitud se canaliza por el SIR bajo el régimen código 006, con formulario F 8147 y el procedimiento del Anexo III, aplicable desde el período de recupero marzo 2026 inclusive.

El beneficio no cambia: cambia por dónde se pide

El derecho de fondo sigue siendo el mismo. La devolución alcanza a los créditos fiscales del IVA vinculados a la exploración minera de las empresas incorporadas al Régimen de Inversiones de la Ley 24.196, tras el plazo previsto en el artículo 14 bis.

Lo que se modifica es el canal administrativo: el trámite deja el aplicativo descargable y se concentra en el sistema web del organismo.

El viejo aplicativo queda sin efecto

La norma abroga la RG 1.761, que reglamentaba la presentación mediante el programa aplicativo. Desde su vigencia, esa vía deja de existir y el pedido debe tramitarse por el SIR.

La incorporación al SIR sigue a la reciente abrogación de la resolución conjunta que fijaba las formalidades del régimen, dispuesta por la RG Conjunta 5.878 del 22 de julio de 2026.

Un trámite estandarizado bajo el código 006

El organismo justifica el cambio en su objetivo de «simplificar trámites mediante el uso intensivo de tecnología web». El régimen queda identificado con el código 006 dentro de los regímenes SIR, con el mismo formulario F 8147 que ya usan otros recuperos de IVA.

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