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Las mineras que importan tramitan la exención de aranceles solo de forma digital
La Resolución 73/2026 deja sin efecto las resoluciones 89/2019 y 15/2020 y unifica el trámite de la exención del artículo 21 de la ley 24.196 en un circuito único por Trámites a Distancia, con la declaración jurada integrada al Sistema Informático Malvina.
Resolución 73/2026 · MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE MINERÍABoletín Oficial · 2026-09-01Publicado por DQST · 1 de sept de 2026GENERADA DESDE LA BASE · GATE EDITORIAL

Antes
El beneficio del artículo 21 se gestionaba conforme el procedimiento de las resoluciones 89/2019 y 15/2020, con mecanismos de solicitud previa, circuitos de firmas ológrafas y trámites presenciales, y comprobación de destino según el proyecto.
Después
El trámite se rige exclusivamente por un procedimiento digital vía TAD del sistema GDE, con la declaración jurada integrada al SIM y un único listado de posiciones arancelarias en el Anexo II, sujeto a la adecuación de la plataforma y a la normativa complementaria de la Aduana.
Un circuito en papel que el propio organismo declara superado
La Secretaría de Minería reconoce que las resoluciones que regían el beneficio contenían «mecanismos de solicitud previa, circuitos de firmas ológrafas y trámites presenciales que han quedado desactualizados y superados por el nuevo estándar procedimental digital».
Sobre esa base deroga expresamente las resoluciones 89/2019 y 15/2020 y aprueba un procedimiento único que se rige exclusivamente por el Anexo I de la nueva medida.
Quién accede no cambia; cómo se tramita, sí
El acceso al beneficio sigue definido por el artículo 21 de la ley 24.196: la exención del pago de derechos a la importación por la introducción de bienes de capital, equipos, partes, insumos, repuestos y accesorios necesarios para el proyecto.
Lo que se reemplaza es el camino administrativo: la declaración jurada pasa a integrarse al Sistema Informático Malvina, en línea con el esquema que el decreto 2686/1993 ya reemplazó de «autorizaciones previas de importación por un esquema ágil basado en declaraciones juradas digitales».
Un solo listado de posiciones arancelarias elegibles
La resolución aprueba un nuevo listado de posiciones arancelarias de la NCM en el Anexo II, que unifica los bienes de capital, equipos especiales, partes, componentes, repuestos, accesorios e insumos que pueden importarse al amparo del régimen.
Para importar con exención, la posición arancelaria del bien debe estar incluida en ese anexo.
El nuevo circuito depende de dos adecuaciones técnicas
El procedimiento se aplica a los trámites que se inicien tras la entrada en vigencia y una vez que se adecúe la plataforma TAD y que la Aduana dicte la normativa complementaria para integrar las declaraciones juradas al SIM.
Los trámites presentados antes de esa fecha continúan y se resuelven con la normativa vigente al momento de su presentación.
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