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Más cuentas e inversiones quedan obligadas a ser reportadas al fisco
La Resolución General 5887/2026 de ARCA elimina una categoría de exclusión y condiciona otras dos: instituciones financieras del punto 5, vehículos de inversión colectiva y cuentas de bajo riesgo pierden el amparo automático que las dejaba fuera del régimen de información.
Resolución General 5887/2026 · AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANEROBoletín Oficial · 2026-08-18Publicado por DQST · 18 de ago de 2026GENERADA DESDE LA BASE · GATE EDITORIAL

Antes
El punto 5 del Anexo II excluía a un grupo de instituciones financieras del reporte; los vehículos de inversión colectiva se excluían con criterios amplios y el fondo de cese laboral de la construcción, las cajas de ahorro de planes sociales y la Cuenta Gratuita Universal quedaban afuera sin condiciones.
Después
El punto 5 se elimina y esas entidades pasan a reportar. Los vehículos solo quedan excluidos si todas las participaciones pertenecen a no declarables o están en custodia de una institución que cumple debida diligencia, y las cuentas de bajo riesgo solo quedan afuera si no superan los montos mensuales fijados por la UIF y no hay discordancias de perfil.
Una categoría de exclusión que desaparece del padrón
El artículo 1° elimina el punto 5 del Anexo II de la Resolución General 4.056. Las instituciones financieras que se amparaban en esa categoría dejan de estar excluidas y pasan a estar obligadas a declarar información al régimen.
El organismo funda el cambio en que la práctica reveló la necesidad de «incorporar precisiones acerca de los sujetos excluidos y de las cuentas excluidas del régimen de información, indicados en los Anexos II y III de la citada resolución general».
Los fondos exentos solo se salvan si adentro no hay declarables
Los instrumentos de inversión colectiva exentos ahora quedan fuera del reporte únicamente cuando la titularidad de todas las participaciones corresponde a no declarables, o cuando la totalidad está en custodia de una institución financiera sujeta a declarar que cumpla debida diligencia y reporte.
La exclusión no aplica si existen participaciones registradas directamente a nombre de inversores declarables o de ENF Pasivas controladas por declarables. El fisco busca «asegurar que las exclusiones previstas operen únicamente cuando no se vean comprometidos los objetivos de la normativa».
Cuentas de bajo riesgo, ahora con techo y control de perfil
El fondo de cese laboral de la construcción, las cajas de ahorro de planes sociales y la Cuenta Gratuita Universal quedan excluidos solo mientras los montos de la operatoria no superen los importes mensuales fijados por la UIF y las entidades no detecten discordancias entre el perfil del titular y los montos o modalidades.
Superado el tope o detectada la discordancia, esas cuentas entran al reporte. La resolución aplica a las obligaciones de información del período fiscal 2026 y siguientes.
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