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REFORMA

Nuevas reglas para el fondo que protege a trabajadores cuando una ART quiebra

Es una norma de reorganización administrativa interna del Fondo de Reserva de riesgos del trabajo; ordena procedimientos para gestionar prestaciones cuando una ART cae, lo que reduce zonas grises al reemplazar reglamentos previos por criterios escritos y explícitos.

Publicado por DQST · 22 de jul de 2026Nota editorial DQST (migrada)

Desarrollo

El Fondo de Reserva es la red de contención que cubre las prestaciones de trabajadores con siniestros laborales cuando su ART se vuelve insolvente o entra en liquidación. La nueva resolución no cambia esos derechos de fondo: lo que hace es reordenar el procedimiento con el que la Superintendencia de Seguros de la Nación pone en marcha esa cobertura. Para eso aprueba cuatro reglamentos, ordenados como Anexos I a IV, que detallan cada vía de intervención.

El punto central es que estas reglas quedan escritas y acotadas. En lugar de los reglamentos previos de 2018 y 2020, ahora se define por escrito cómo interviene el Fondo: mediante una empresa de administración y gestión de prestaciones (EAGP) contratada, en forma directa por la propia Superintendencia, en la actuación en juicios y en el pedido de asistencia a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Con eso se reduce el margen de actuación discrecional y se lo reemplaza por pasos reglados.

Los beneficiados son los trabajadores con siniestros cubiertos por ART insolventes o liquidadas, que quedan bajo un procedimiento más previsible, y las empresas de administración y gestión de prestaciones, que pasan a poder ser contratadas para esa tarea. Las Resoluciones 966/2018 y 396/2020 quedan derogadas junto con toda norma que se les oponga, por lo que quienes venían operando bajo aquellas reglas deben ajustar sus procesos a los cuatro nuevos anexos.

Qué cambió

Antes: Hasta ahora regía, en líneas generales, la administración de la intervención del Fondo de Reserva bajo los reglamentos de las Resoluciones 966/2018 y 396/2020.

Ahora: La Superintendencia de Seguros de la Nación pasa a intervenir el Fondo de Reserva con un marco detallado de cuatro reglamentos, que fijan cómo actúa a través de una empresa contratada (EAGP), en forma directa, en los juicios y cuando pide asistencia a la SRT.

Nota editorial DQST

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