REFORMA·▲ EL ESTADO AVANZÓ · REGULA·ARICCAME · cannabis medicinal
Producir semillas de cannabis medicinal ya tiene licencia propia, pero las flores no se pueden usar
La Resolución 41/2026 de ARICCAME crea un régimen especial de adecuación para licenciar actividades vinculadas a órganos de propagación de la especie Cannabis sativa L. con fines medicinales, obligatorio y arancelado, vigente hasta el 1° de marzo de 2027.
Por Nicolás Yacoy · Director editorial
Resolución 41/2026 · MINISTERIO DE ECONOMÍA AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINALBoletín Oficial · 2026-06-30Publicado por DQST · 26 de jul de 2026

Antes
No existía una licencia específica ni un régimen de adecuación propio para el segmento de órganos de propagación: quien quería operar dependía de la autorización general de ARICCAME sin un canal formal para semillas y plantines.
Después
Obtener la licencia específica es obligatorio para operar, con aranceles fijados por la Agencia según Anexo II. La licencia es complementaria: hay que cumplir además con INASE, SENASA, Ministerio de Salud y ARCA. El trámite es de carácter reservado.
Una puerta que antes no existía, ahora con arancel y candado
El régimen crea una vía formal para licenciar la producción de semillas, plantines y esquejes de cannabis medicinal, un canal que hasta ahora no tenía figura propia dentro de la autorización general de ARICCAME.
La entrada, sin embargo, viene con condiciones: la licencia es obligatoria para operar, arancelada según el Anexo II y complementaria de las inscripciones que ya exigen INASE, SENASA, el Ministerio de Salud y ARCA. No sustituye a ninguna de ellas.
El material sirve para multiplicar plantas, no para nada más
El uso queda acotado a la propagación: el productor solo puede destinar semillas, plantines y esquejes a multiplicar plantas. Comercializar o aprovechar las flores queda prohibido y todo remanente debe destruirse.
La Agencia se reserva el precio, el orden del trámite y la sanción
ARICCAME puede actualizar y modificar los aranceles y las condiciones, priorizar administrativamente los trámites, validar solicitudes con criterios técnicos que ella misma determina y suspender o revocar licencias por acto fundado.
El expediente de otorgamiento tramita de forma reservada: la Agencia sostiene que resulta necesario que el trámite sea de «carácter reservado» por la naturaleza de la información sobre trazabilidad, material genético y localización de establecimientos.
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