HOY

REFORMA· EL ESTADO AVANZÓ · REGULA·Consejo Profesional de Ingeniería Química

Sin encomienda registrada antes de la tarea, ningún informe profesional acredita habilitación ante las ART

La Resolución 3/2026 del Consejo Profesional de Ingeniería Química exige encomienda profesional previa para toda tarea, informe o certificación presentable ante Aseguradoras de Riesgos del Trabajo u organismos públicos, y deja fuera de reconocimiento a todo trabajo que carezca de ella.

Resolución 3/2026 · CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA QUÍMICABoletín Oficial · 2026-09-18Publicado por DQST · 18 de sept de 2026GENERADA DESDE LA BASE · GATE EDITORIAL

Sin encomienda registrada antes de la tarea, ningún informe profesional acredita habilitación ante las ART

Antes

El profesional podía presentar informes y certificaciones ante ART y otros organismos sin una encomienda previa reconocida, y el Consejo tendía a reconocer esos trabajos sin exigirla de forma expresa.

Después

Toda tarea presentable ante ART u organismos requiere encomienda registrada ante el Consejo antes de realizarla; sin ese trámite el trabajo no se reconoce ni acredita habilitación.

La encomienda pasa de recomendable a condición de validez

La Resolución 3/2026 ratifica la obligatoriedad de la encomienda profesional previa para toda tarea, informe, dictamen, certificación, proyecto o dirección vinculada a higiene y seguridad, medio ambiente y demás incumbencias que deba presentarse ante ART, organismos públicos o cualquier entidad bajo regulación profesional.

El giro es de fondo: el trabajo profesional que carezca de encomienda «no será reconocido por este Consejo Profesional». La validez ya no depende de la calidad del informe sino de un trámite previo registrado antes de ejecutar la tarea.

Sin encomienda, el trabajo no prueba que el profesional esté habilitado

La norma establece que los trabajos realizados sin encomienda no acreditan en forma fehaciente la habilitación profesional ni sirven para demostrar el cumplimiento de obligaciones legales en la materia.

Además, realizar tareas sin encomienda queda tipificado como incumplimiento de las normas del ejercicio profesional y falta ética pasible de sanción, con responsabilidad civil y penal.

El motivo declarado son las falsificaciones de titularidad ante las ART

El Consejo funda la medida en el conocimiento de falsificaciones de instrumento privado y uso de documento falso vinculadas a titularidades de Servicios de Higiene y Seguridad en presentaciones ante las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, que se ven imposibilitadas de certificar la autenticidad de esa documentación.

Según el texto, «la presentación de documentación sin el acompañamiento y respaldo de la encomienda profesional genera una situación de desigualdad para los profesionales que ejercen correctamente su actividad profesional frente aquellos que no lo hacen», además de riesgos jurídicos para la población.

Este movimiento toca un kiosco regulatorio: Encomienda obligatoria como condición de validez de trabajos profesionales

Generada desde la base · Gate editorial

← Volver a la portada