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Un auto certificado en Estados Unidos ya puede homologarse en Argentina sin control local extra

El Decreto 796/2026 reemplaza el artículo 28 de la reglamentación de la Ley de Tránsito y reconoce la Blue Ribbon Letter de la NHTSA como documento suficiente para acreditar seguridad activa y pasiva, sin exigir requisitos adicionales al estándar estadounidense.

Decreto 796/2026 · PODER EJECUTIVOBoletín Oficial · 2026-08-26Publicado por DQST · 26 de ago de 2026GENERADA DESDE LA BASE · GATE EDITORIAL

Un auto certificado en Estados Unidos ya puede homologarse en Argentina sin control local extra

Antes

Importadores y fabricantes debían acreditar ante la autoridad argentina el cumplimiento de las normas locales de seguridad activa y pasiva para obtener la Licencia de Configuración de Modelo, mediante certificación local o validación de organismos reconocidos por Naciones Unidas.

Después

Un vehículo con estándar FMVSS se homologa presentando la Blue Ribbon Letter de la NHTSA, con marca, modelo y VIN identificados, sin requisito de seguridad adicional al estadounidense.

El Estado deja de duplicar un control que ya hizo la NHTSA

El decreto sustituye el artículo 28 de la Reglamentación General de la Ley 24.449, aprobada como Anexo 1 por el Decreto 779/95. Para los vehículos alcanzados por las Federal Motor Vehicle Safety Standards, la Blue Ribbon Letter emitida por la National Highway Traffic Safety Administration pasa a ser documentación suficiente para acreditar seguridad activa y pasiva.

El texto justifica el cambio en que la trazabilidad por VIN «permite verificar la correspondencia entre los vehículos efectivamente importados y las configuraciones técnicas comprendidas en las certificaciones emitidas bajo el sistema Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS), garantizando así idéntico nivel de calidad y seguridad al vendido en el mercado estadounidense».

La contrapartida: replicar acá cada recall dictado afuera

El reconocimiento automático viene con una obligación nueva. El fabricante o importador debe informar de manera inmediata a la autoridad argentina toda sanción, investigación, incumplimiento o campaña de retiro que disponga la NHTSA, y replicar en el país las acciones correctivas.

El incumplimiento tiene sanción propia: la suspensión o revocación de la homologación.

Las autopartes quedan liberadas, con control por defensa del consumidor

La nueva redacción ratifica que fabricantes e importadores pueden producir, importar y comercializar componentes, piezas y autopartes sin autorización previa, bajo su responsabilidad de cumplir las especificaciones del Anexo C.

La fiscalización se traslada al control posterior por la Ley 24.240 y el Decreto 274/2019.

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