REFORMA
Un solo reglamento para registrar exportaciones de granos y otros commodities
La norma no cambia quién debe registrar ni crea nuevas obligaciones de fondo: consolida dos reglamentaciones en un texto único con reglas y plazos más claros, lo que reduce levemente el costo de cumplimiento y la ambigüedad procesal para el exportador.
Nota editorial DQST (migrada)

Desarrollo
La nueva resolución consolida en una sola norma lo que antes estaba repartido en dos reglamentaciones distintas. Para los granos —trigo, maíz, soja, girasol, sorgo y otros de la Ley 21.453— el registro pasa a hacerse a través de la DJVE en estado SALIDA, antes del embarque y según los plazos de la Res. 128/19 del MAGYP. Para los demás bienes con cotización, como minerales y metales, se presenta el formulario F 2669 por transferencia electrónica antes del embarque, y el F 2670 dentro de los 15 días si aparecen diferencias de comparabilidad.
Los ganadores son los exportadores y los estudios y despachantes que gestionan estos registros: en lugar de navegar reglas fragmentadas, ahora tienen un texto único con formularios y plazos explícitos. Al unificar las viejas RG 4.653 y 4.837, la norma reduce la dispersión que generaba dudas sobre qué régimen aplicar en cada caso, y baja el costo de cumplimiento sin crear obligaciones sustantivas nuevas.
La transición es de bajo esfuerzo porque los formularios F 2669, F 2670 y F 2671 se mantienen; el cambio consiste en familiarizarse con el texto consolidado y confirmar su aplicación según el manual del micrositio Operaciones Internacionales. Las operaciones registradas desde el 1 de agosto de 2026 se rigen por la nueva norma, y los exportadores deben conservar la documentación de respaldo a disposición del organismo.
Qué cambió
Antes: Hasta ahora regía, en líneas generales, un esquema con dos reglamentaciones separadas: una para los granos de la Ley 21.453 (la RG 4.653) y otra para los demás bienes con cotización como minerales y metales (la RG 4.837).
Ahora: El registro de contratos de exportación queda unificado en un único texto. Los granos se registran vía la DJVE en estado SALIDA vigente, y el resto de los bienes con cotización mediante el formulario F 2669 (y el F 2670 si hay diferencias de comparabilidad).
Nota editorial DQST
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