# Reproduce proyecto de ley que restringe en el tramo denominado "camino de los siete lagos" de la ruta nacional 40, la circulación de vehículos de gran porte. (ref. S- 70/22) (535/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0535/2024) Buenos Aires, 14 de marzo de 2024. HONORABLE SENADO DE LA NACION SEÑORA PRESIDENTE DRA. VICTORIA EUGENIA VILLARRUEL S / D De mi mayor consideración: Me dirijo a Usted a efectos de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios pertinentes para la reproducción del Expediente S-70/22 Reproduce el Proyecto de Ley que restringe en el tramo denominado "Camino de los Siete Lagos" de la Ruta Nacional 40, la circulación de vehículos de gran porte. (ref. S. 405/20), de mi autoría. Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarla atentamente. Lucila Crexell PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1°.- Se restringe en el tramo denominado “Camino de los Siete Lagos” de la Ruta Nacional N° 40, que une las localidades de San Martín de los Andes y Villa La Angostura, Provincia del Neuquén, la circulación de vehículos de transporte de cargas, especialmente los de gran porte, como también de los ómnibus de larga distancia de doble piso. La/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” circulación de los mismos se limitará a los corredores viales definidos por la autoridad de aplicación. Asimismo, se prohíbe en el tramo referido en el párrafo 1° del presente artículo, la circulación de los vehículos de carga que transporten sustancias peligrosas. Artículo 2°.- Los incumplimientos a las disposiciones previstas en esta ley serán considerados falta grave en los términos previstos por el artículo 77 y siguientes de la Ley de Tránsito N° 24.449 y sus modificatorias, aplicándoseles las sanciones que se encuentran allí contempladas. La sanción será regulada en forma gradual teniendo en cuenta las circunstancias del caso, la naturaleza y gravedad de la infracción, los antecedentes del infractor y el perjuicio causado. El producido de las multas se destinará a las campañas de difusión y jornadas de concientización de seguridad vial que determine la autoridad de aplicación. Artículo 3°.- Se aplica supletoriamente para aquellas cuestiones que no se encuentren reguladas en la presente, la Ley de Tránsito N° 24.449 y sus modificatorias y la Ley N° 26.363 de Tránsito y Seguridad Vial y sus modificatorias. Artículo 4°.- El Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación de la presente ley. Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Lucila Crexell/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 535/24
- Título oficial: Reproduce proyecto de ley que restringe en el tramo denominado "camino de los siete lagos" de la ruta nacional 40, la circulación de vehículos de gran porte. (ref. S- 70/22)
- Ingreso: Senado, 2024-04-10
- Autor: Carmen Lucila Crexell
- Firmantes: Carmen Lucila Crexell
- Temas: Infraestructura vial, Vehículos, Infraestructura y logística, Tránsito, Movilidad, Transporte público, Transporte
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/092c55fe-3e36-48f2-bd9f-54b1f81db54a
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/535.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-04-10
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/092c55fe-3e36-48f2-bd9f-54b1f81db54a/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/092c55fe-3e36-48f2-bd9f-54b1f81db54a.
