# Reproduce proyecto de ley que modifica su similar 26.122 - comision bicameral permanente de trámite legislativo -, respecto del regimen legal de los dctos. De necesidad y urgencia, de delegacion legislativa y de promulgacion parcial de leyes. (ref. S. 58/22) (289/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0289/2024) Buenos Aires, 13 de marzo de 2024 HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN SRA. PRESIDENTE DRA. VICTORIA EUGENIA VILLARRUEL S / D De mi mayor consideración: Me dirijo a Usted a efectos de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios pertinentes para la reproducción del Expediente S-58/22 Proyecto de Ley que modifica su similar 26.122 - Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo -, respecto del régimen legal de los Dctos. de Necesidad y Urgencia, de Delegación Legislativa y de promulgación parcial de leyes. (ref. S-143/20), de mi autoría. Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarla atentamente. Lucila Crexell PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… ARTICULO 1°.- Sustituyese el artículo 17 de la Ley N° 26.122 por el siguiente:/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” “Art. 17.-Vigencia. Los decretos a que se refiere esta ley dictados por el Poder Ejecutivo en base a atribuciones conferidas por los artículos 76, 99 inciso 3° y 80 de la Constitución Nacional, tienen plena vigencia de conformidad a lo establecido en el artículo 5° del Código Civil y Comercial de la Nación”. ARTICULO 2°.- Sustituyese el artículo 20 de la Ley N° 26.122 por el siguiente: “Art. 20.-Tratamiento de oficio por las Cámaras. Dentro de las 48 hs. de vencido el plazo a que hace referencia el artículo anterior sin que la Comisión Bicameral Permanente haya elevado el correspondiente despacho, las Cámaras se abocarán de oficio al expreso e inmediato tratamiento del decreto de que se trate de conformidad con lo establecido en los artículos 99, inciso 3° y 82 de la Constitución Nacional”. ARTICULO 3°.- Sustituyese el artículo 21 de la Ley N° 26.122 por el siguiente: “Art. 21.- Plenario. Elevado por la Comisión el dictamen al Plenario de ambas Cámaras, éstas deben darle inmediato y expreso tratamiento en el plazo de 10 días hábiles, en el que se pronunciarán sobre el rechazo o aprobación del decreto de que se trate”. ARTICULO 4°.- Sustituyese el artículo 22 de la Ley N° 26.122 por el siguiente: “Art. 22.-Pronunciamiento./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” La voluntad de cada Cámara debe manifestarse expresamente. El silencio de una de las Cámaras no será entendido como una sanción tácita o ficta de los decretos, sino que importará su derogación, conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Constitución Nacional. Cada Cámara comunicará a la otra su pronunciamiento de forma inmediata dentro de las 48 hs.” ARTICULO 5°.- Sustituyese el artículo 24 de la Ley N° 26.122 por el siguiente: “Art. 24.-Rechazo. El rechazo por una de las Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación, de acuerdo a lo que establece el artículo 5º del Código Civil y Comercial de la Nación, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia”. ARTICULO 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Lucila Crexell.

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 289/24
- Título oficial: Reproduce proyecto de ley que modifica su similar 26.122 - comision bicameral permanente de trámite legislativo -, respecto del regimen legal de los dctos. De necesidad y urgencia, de delegacion legislativa y de promulgacion parcial de leyes. (ref. S. 58/22)
- Ingreso: Senado, 2024-03-14
- Autor: Carmen Lucila Crexell
- Firmantes: Carmen Lucila Crexell
- Temas: Organismos públicos, Acto administrativo, División de poderes, Gobierno y Administración Pública, República, democracia y federalismo
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/1118c9c8-4e2e-4061-8423-42e074acb892
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/289.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-03-14
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/1118c9c8-4e2e-4061-8423-42e074acb892/fundamentos

---

Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/1118c9c8-4e2e-4061-8423-42e074acb892.
