DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE INSTITUYE EL 20 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO, COMO "DIA NACIONAL DEL TURISMO SOCIAL".

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0427/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… DÍA NACIONAL DEL TURISMO SOCIAL ARTÍCULO 1°.- Institúyase el día 20 de diciembre de cada año como “Día Nacional del Turismo Social”. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Antonio J. Rodas

Expediente
427/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
25 de marzo de 2024
Progreso del trámite1/6

Documentos (2)

Texto Original
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Fundamentos

Señora Presidente: El presente proyecto de ley tiene como antecedente el S-112/22, de mi autoría, el cual se unificó junto al de otros senadores, obteniendo dictamen de comisión durante el año 2022. Este proyecto busca instaurar el Día Nacional del Turismo Social, a fin de promover un sector tan importante para nuestra querida república y tan castigado por la pandemia. Vale aclarar que la iniciativa toma como antecedente el expediente S-1116/20 de mi autoría. Hace exactamente 75 años las vacaciones pagas se convertían en un derecho. Aquel 24 de enero de 1945, a través del Decreto 1740, el entonces Secretario de Trabajo y Previsión, Juan Domingo Perón, generalizó el derecho a gozar de vacaciones pagas a los trabajadores de todos los sectores, que hasta el momento eran sólo para el sector comercial./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” El vocablo “vacación” deriva del latín vacatio o vacans, y se refiere al cese temporal de una actividad habitual, principalmente del trabajo remunerado. En Argentina, hasta entonces sólo un pequeño sector de la población podía hacer uso de vacaciones, por lo que la oferta turística de ese momento estaba dirigida exclusivamente a las clases más altas. Los miembros de estas clases, importaban un estilo de vida caracterizado por el lujo y la ostentación, que en muchos casos se reflejó en la arquitectura y en la utilización del tiempo de ocio. Cuando Perón llegó a la presidencia, la economía nacional comenzaba a experimentar una fuerte aceleración que amplió la demanda de mano de obra. Además, se incrementó el salario real y permitió que la clase media asalariada tuviera una expansión notable. Producto de estas variables, la calidad de vida de los trabajadores se elevó y se fortalecieron las asociaciones sindicales, que gracias a su “2020 – Año del General Manuel Belgrano” elevado número de afiliados y a buenos salarios, gozaron de una economía próspera. El Turismo Social, fue considerado a partir del dictado de ese decreto, como el resultado de planes y acciones llevadas a cabo por el Estado, con el objeto de fomentar el acceso al turismo a los sectores de bajos recursos. Hacia mediados del siglo XX, comenzaron a funcionar dos Unidades Turísticas Nacionales: Chapadmalal, a pocos kilómetros de Mar del Plata, y Embalse, en Río Tercero, provincia de Córdoba. La unidad turística, podemos definirla como un complejo conformado por una serie de hoteles donde se ofrecen al turista los servicios de alojamiento y gastronomía, e instalaciones de apoyo (actividades recreativas, polideportivos, piscinas, paradores de la playa, museos,/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” etc.) que permiten la realización de actividades deportivas y recreativas en general. La construcción de los nueve hoteles de Chapadmalal fue concluida en 1952, mientras que las obras menores como la guardia médica, la administración y bungalows, se terminaron en 1954. La Unidad Turística Embalse también fue inaugurada en 1952, durante la segunda presidencia de Perón. Es por la importancia que tiene la actividad turística para todas las provincias de nuestro país, como ha quedado expuesto en estos fundamentos que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de Ley. Antonio J. Rodas/final_de_pagina/