DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyNo sancionado

MODIFÍCASE EL ARTÍCULO 410 DEL CÓDIGO FISCAL

PROYECTO DE LEY Artículo 1°.- Se modifica el Artículo 410 del Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, (texto ordenado según el Decreto N° 116/25, Anexo I, Modificaciones introducidas por medio de la Ley 6.805), el cual queda redactado de la siguiente manera: Universidad de Buenos Aires Artículo 410.-Están exentos de pago del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva por los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros (A.B.L) los inmuebles de propiedad de la Universidad de Buenos Aires. Artículo 2°. Comuníquese, etc Último cambio: 12/11/2025 16:20:00 - Cantidad de caracteres: 3826 - Cantidad de palabras: 598 Pág.1/3/final_de_pagina/

Expediente
CABA-2917-D-2025
Cámara
Legislatura de CABA
Presentado
12 de noviembre de 2025
Progreso del trámite1/6

Documentos (1)

Proyecto de Norma
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Fundamentos

Señora Presidenta: El presente proyecto de ley tiene por objetivo garantizar la exención de la Tasa Retributiva de Alumbrado, Barrido y Limpieza (A.B.L.) a todos los inmuebles pertenecientes a la Universidad de Buenos Aires, institución pública, gratuita y autónoma que constituye uno de los pilares fundamentales del sistema educativo nacional. El artículo 410 del texto ordenado del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vigente para este año 2025, texto ordenado según el Decreto N° 116/25, Anexo I, Modificaciones introducidas por medio de la Ley 6.805, dispone: “Están exentos de pago del Impuesto Inmobiliario los inmuebles de propiedad de la Universidad de Buenos Aires”. En este sentido, la presente iniciativa propone incorporar la exención del pago de la Tasa Retributiva por los servicios de A.B.L. La Universidad de Buenos Aires no solo es una de las universidades más prestigiosas de América Latina, sino también una institución de enorme relevancia científica, académica y social. Su carácter público y gratuito la convierte en un emblema de la educación argentina, y en un espacio de movilidad social ascendente, innovación y producción de conocimiento al servicio de la comunidad. Sin embargo, en el contexto actual, la UBA atraviesa una crítica situación presupuestaria producto del desfinanciamiento sistemático de la educación pública. Las políticas implementadas por el Poder Ejecutivo Nacional -como los Decretos N° 879/2024 y 647/2025, que vetaron las Leyes de Financiamiento Universitario - han profundizado una crisis que afecta a las universidades públicas, y particularmente, a la Universidad de Buenos Aires. En este marco, entendemos que la exención del A.B.L. para los inmuebles de la UBA constituye una medida concreta de acompañamiento desde la Ciudad de Buenos Aires, que alberga la mayor parte de sus facultades, hospitales y centros de investigación. Tan solo en el mes de noviembre de 2025, la Universidad debió afrontar un gasto de $425.176.797,85 en concepto de tasa retributiva, cifra que representa un monto desproporcionado frente al contexto de restricción presupuestaria. Por ello, eximir del pago de estos tributos no solo alivia la carga económica de la institución, sino que también ratifica el compromiso del Estado local con la educación pública, la producción científica y el acceso igualitario al conocimiento. En consecuencia, esta medida permite destinar los recursos actualmente afectados al pago de tasas municipales a fortalecer la infraestructura, la investigación y la formación académica de miles de estudiantes, docentes e investigadores. Último cambio: 12/11/2025 16:20:00 - Cantidad de caracteres: 3826 - Cantidad de palabras: 598 Pág.2/3/final_de_pagina/La Universidad de Buenos Aires no es una institución más: es patrimonio histórico, cultural y social de nuestro país, formadora de generaciones de profesionales y fuente de prestigio internacional. Acompañarla en esta coyuntura crítica es defender la educación pública, la autonomía universitaria y el derecho de las y los jóvenes a una formación de excelencia. Para seguir garantizando una formación de excelencia y poner en valor a la Educación Pública, y en un contexto de emergencia presupuestaria, resulta imprescindible obtener la mencionada exención. Por todo lo expuesto solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley. Último cambio: 12/11/2025 16:20:00 - Cantidad de caracteres: 3826 - Cantidad de palabras: 598 Pág.3/3/final_de_pagina/