DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

Establécese que el aumento de la remuneración de los Diputados y Senadores de la Nación será determinado anualmente y aprobado por el pleno de ambas Cámaras.

PROYECTO DE LEY REMUNERACIÓN DE LEGISLADORES DE LA NACIÓN ARTÍCULO 1°. MECANISMO DE ACTUALIZACIÓN. Establécese que el aumento de la remuneración de los Diputados y Senadores de la Nación será determinado anualmente y aprobado por el pleno de ambas Cámaras. Dicho aumento tendrá como tope máximo el establecido por el artículo 32 de la Ley 24.241 Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones o la norma que en el futuro la reemplace, durante el período anual pasado. ARTICULO 2°. DEROGACIÓN. Derógase la Resolución Conjunta N° 2 de 2024 del Congreso de la Nación, quedando sin efecto el aumento de la remuneración de Diputados y Senadores de la Nación allí dispuestos. ARTÍCULO 3°. CONGELAMIENTO. Dispónese que la remuneración de los Diputados y Senadores de la Nación será congelada por el término de SEIS (6) meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. ARTICULO 4°. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Diego Santilli Diputado Nacional Cofirmantes: Cristian Ritondo, Oscar Zago, José Luis Espert, Hernán Lombardi, Luciano Laspina, Alejandro Finocchiaro, Martin Maquieyra, Marilú Quiroz, Fernando Iglesias, Karina Bachey, Emmanuel Bianchetti, Juliana Santillan./final_de_pagina/

Expediente
0576-D-2024
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
12 de marzo de 2024
Progreso del trámite1/6

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Texto original
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Fundamentos

Señor Presidente, Nuestro país se encuentra en una situación terminal producto del despilfarro y el desmanejo de la política kirchnerista que ha provocado niveles históricos de pobreza, desempleo e inflación entre tantos otros flagelos que golpean a nuestra sociedad. Creemos firmemente que la austeridad, el orden de las cuentas fiscales y la racionalidad en los gastos del Estado deben ser un norte para empezar a caminar, no solo el camino de una posible recuperación sino también un cambio en la manera de gestionar los recursos públicos en general y para siempre. Sin ésto, ninguna política de Estado tendrá bases sólidas y perdurables. El Congreso de la Nación, no puede ni debe ser ajeno a lo antes mencionado, dando muestras de ello con las diversas reformas que la Presidencia de ambas Cámaras ya están llevando adelante pero que siempre se pueden ampliar. Es con este espíritu que presentamos el presente proyecto de ley que pretende fijar un tope a los aumentos dispuestos para Diputados y Senadores de la Nación habilitándolos de manera anual, requiriendo la aprobación del pleno de ambas cámaras y con un tope máximo que estará determinado por el mismo aumento que los jubilados reciban en base a la fórmula que establezca la ley 24.241 o la que en un futuro la pueda reemplazar, en el término de/final_de_pagina/un año. Por otro lado, se deroga el reciente aumento dispuesto por la Resolución Conjunta N° 2/2024 para legisladores y se congelan sus dietas por el término de 6 meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. Corregir el rumbo cuando lo requiera siempre es sano y necesario. Con el ánimo de establecer reglas claras y que reflejen el espíritu de austeridad y racionalidad en el gasto público, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley. Diego Santilli Diputado Nacional Cofirmantes: Cristian Ritondo, Oscar Zago, José Luis Espert, Hernán Lombardi, Luciano Laspina, Alejandro Finocchiaro, Martin Maquieyra, Marilú Quiroz, Fernando Iglesias, Karina Bachey, Emmanuel Bianchetti, Juliana Santillan./final_de_pagina/