Fundamentos
Señora presidente:
La sociedad en su conjunto ha ido adquiriendo de manera gradual un
ritmo de vida en el cuál se está exigiendo conseguir unos objetivos
marcados de manera óptima e inmediata. Esto provoca la aparición de
situaciones con altos niveles de estrés en algunas profesiones. Ese
aumento de la ansiedad se da en todas las profesiones pero se
acrecienta especialmente en profesiones que se dedican a procurar
servicios para los ciudadanos, como pueden ser: profesionales de la
salud, profesores, trabajadores sociales, etc. Cuando esta situación se
prolonga en el tiempo, los afectados muestran diferentes síntomas
negativos de alarma. Por un lado, agotamiento emocional; los
trabajadores se encuentran cansados física y anímicamente; piensan
que están quedándose sin recursos para afrontar las exigencias tanto
de la organización en la que trabajan como aquellas que les soliciten las
personas a las que van a prestar servicio con su trabajo. Por otro lado,
aparece la despersonalización, los profesionales se encuentran
desencantados con las tareas a desarrollar y prefieren aislarse y no
relacionarse con la gente; mostrándose en ocasiones hostiles y poco
sensibles con las personas a las que deben ayudar por su trabajo. Por
último, manifiestan en muchas ocasiones baja realización personal,
evaluando negativamente la forma en que realizan su trabajo. Cuando/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
se juntan todas estas circunstancias, aparece un síndrome
tridimensional denominado “Síndrome del Quemado”1.
El concepto de quemado o burnout fue introducido por primera vez por
Freudenberge, en 1974, cuando explica el estado de desgaste a nivel
físico y emocional sufrido por unos voluntarios que estaban ayudando
en una clínica de desintoxicación. Y lo utilizó para referirse a una
“sensación de fracaso y una existencia agotada o gastada que resultaba
de una sobrecarga por exigencias de energías, recursos personales o
fuerzas espiritual del trabajador”2.
Por su parte, en 1988, Pines y Aaronson lo definieron como: “un estado
de agotamiento físico, mental y emocional producido por la involucración
crónica en el trabajo en situaciones de demandas emocionales”3.
A pesar de las diversas definiciones –a lo largo de la historia- sobre
Síndrome de Burnout, se pueden sintetizar los principales síntomas en
los siguientes
- Síntomas Emocionales: Depresión, indefensión, desesperanza,
irritación, apatía, desilusión, pesimismo, hostilidad, falta de tolerancia,
acusaciones a los clientes/pacientes, supresión de sentimientos.
- Síntomas Cognitivos: Pérdida de significado, pérdida de valores,
desaparición de expectativas, modificación de autoconcepto, pérdida de
autoestima, desorientación cognitiva, pérdida de la creatividad,
distracción cinismo, criticismo generalizado.
- Síntomas Conductuales: Evitación de responsabilidades, absentismo
laboral e intenciones de abandonar la organización, desvalorización,
auto-sabotaje, desconsideración hacia el propio trabajo, conductas
1 Sánchez, E. D. (2015). Burnout, estrategias de afrontamiento y prevención en trabajadores sociales,
Universidad de La Rioja.
2 Freudenberger, H. J. (1974). Staff burnout. Journal of Social Issues, 30(1), 159- 165.
3 Pines, A. y Aaronson, E. (1988). Career Burnout: Causes and cures. New York: Free Press./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
inadaptadas, desorganización, sobre-implicación, evitación de
decisiones, aumento del uso de cafeína, alcohol, tabaco y drogas.
- Síntomas Sociales: Aislamiento y sentimientos de fracaso, evitación de
contactos, conflictos interpersonales, malhumor familiar, formación de
grupos críticos, evitación profesional.
- Síntomas Psicosomáticos: Cefaleas, dolores osteomusculares, quejas
psicosomáticas, pérdida de apetito, cambios de peso, disfunciones
sexuales, problemas de sueño, fatiga crónica, enfermedades
cardiovasculares, alteraciones gastrointestinales, aumento de ciertas
determinaciones analíticas (colesterol, triglicéridos, glucosa, ácido úrico,
etc.)4.
El Síndrome de Burnout no es una enfermedad que aparezca de manera
repentina, sino que sigue un proceso según el cual la persona que lo
padece va sufriendo diversas alteraciones físicas, psíquicas y sociales
de manera progresiva. Las fases que componen el desarrollo este
síndrome son:
- Fase de inicial o de entusiasmo: Los profesionales se muestran con
una actitud positiva y de mucha energía ante su nuevo puesto de trabajo.
Ellos tienen grandes esperanzas ante la labor que van a realizar.
- Fase de estancamiento: Los profesionales hacen una valoración entre
el esfuerzo realizado en su trabajo y los resultados obtenidos o el
beneficio percibido y no encuentran una distribución equitativa. No se
sienten capacitados o no disponen de los recursos necesarios para
hacer frente a su actividad laboral, lo cual les provoca una situación de
estrés.
- Fase de frustración: Los profesionales han perdido su motivación por
realizar su trabajo eficazmente. Empiezan los problemas entre los
compañeros en los equipos multidisciplinares, y se dan las primeras
muestras de problemas de salud relacionados con esta situación.
4 Carlin, M. y Garcés de los Fayos Ruiz, E. J. (2010). “El síndrome de burnout: Evolución histórica desde el
contexto laboral al ámbito deportivo”. Anales de psicología, vol. 26, nº 1 (enero), 169-180./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
- Fase de hiperactividad y apatía: En ella, los profesionales han decidido
hacer frente a demasiadas tareas a la vez, lo que les ha llevado a una
situación de sobrecarga emocional. Para contrarrestar esta
circunstancia los profesionales suelen evitar la interrelación con las
personas a las que deben prestar servicio.
- Fase de quemado: En este momento los profesionales sufren
importantes consecuencias tanto a nivel físico como profesional, que
pueden acarrearle problemas sus ámbitos familiar, laboral y social5.
Antecedente normativo
En Argentina, en 2007, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobó la Ley N° 2.578, con el fin de asegurar “la prevención,
detección precoz y la rehabilitación del Síndrome de Desgaste Laboral
Crónico de los empleados que se desempeñan en los efectores de los
tres subsistemas de salud en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires” (art. 1°)6. En este norma, se entiende por Desgaste
Laboral Crónico al “síndrome de agotamiento físico, emocional y/o
intelectual en trabajadores de los efectores de salud que se
desempeñan directamente con personas, en relación con el
afrontamiento de estresores ocupacionales crónicos, con
manifestaciones a nivel individual y/o colectivo y/o organizacional y/o
institucional y la interacción entre las mismas” (art. 2°).
Jurisprudencia nacional
En 2008, una psicóloga barilochense presentó un reclamo judicial de
reconocimiento de enfermedad-accidente ante la ART por padecer un
“síndrome de desgaste profesional”. Se desempeñaba en la Oficina
Tutelar ocupándose de temas de abuso sexual y violencia familiar,
además de la salud ocupacional y exámenes de ingreso del personal
5 Sánchez, E. D. (2015). Burnout, estrategias de afrontamiento y prevención en trabajadores sociales,
Universidad de La Rioja.
Sobre los biomarcadores biológicos que detectan precozmente el burnout, léase “Utilidad de los marcadores
biológicos en la detección precoz y prevención del síndrome de burnout”,
http://revistas.uned.es/index.php/RPPC/article/view/12924/0
6 http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley2578.html/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
policial. Comenzó a recibir amenazas a partir de su desempeño en
algunos casos de gran resonancia social de denuncias de menores. Se
encontró muy expuesta y sin posibilidad de contención y defensa. En
2003 tuvo una crisis de angustia de la que pudo salir con medicación
antidepresiva. En el año 2005 tuvo que afrontar varios casos de suicidio
e intento de suicidio entre el personal policial y la reapertura de casos
judiciales resonantes en los que tuvo que intervenir. Siempre se
desempeñó sola sin posibilidad de compartir la responsabilidad. En abril
del 2006 presentó episodios frecuentes de crisis de angustia con
importante componente somático (síntomas neurovegetativos, diarreas,
etc), asociado a un tono afectivo depresivo con predominio de ideas de
culpa y de peyoración de la propia existencia, fallas amnésicas, dificultad
en concentrarse, etc. Por lo cual, se le otorgó licencia prolongada. Los
abogados de la psicóloga habían apelado ante la Cámara de Trabajo
porque la obra social y ART correspondiente había rechazado toda
responsabilidad. "La patología denunciada no se encontraba incluida
dentro del listado de enfermedades profesionales elaborados por el
Poder Ejecutivo, por otra parte, no pueden descartarse en su producción
la incidencia de factores ajenos al trabajo o atribuibles al trabajador,
tales como la predisposición o labilidad a contraer determinada
dolencia”. La actora padece de síndrome de desgaste profesional y,
como consecuencia de ello tiene una incapacidad laboral del 100 % para
cumplir la tarea que tenía asignada”, señaló la Comisión Médica que
efectúo los peritajes y el juez de la causa. A partir de lo cual, el
diagnóstico no es cuestionable. El juez de la Cámara, Juan
Lagomarsino, explicó que "la enfermedad está tipificada y en la causa
aparece claramente porque la mujer es psicóloga de la Policía (...), se
ha estudiado en profesionales de la salud, los médicos son los primeros
en dar cuenta de este tipo de padecimiento, afectan a los profesionales
de servicio, quienes trabajan con gente, con conflictos, y normalmente
le pasa a la gente responsable". Por otra parte, el perito interviniente ha
establecido, que las condiciones laborales fueron la causa eficiente que
produjo la enfermedad padecida por la profesional, quitando peso a la
predisposición que pudiera tener la persona. “Ninguna incidencia tiene/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
la existencia de una predisposición del organismo porque esa es la
condición de toda enfermedad, ninguna se produce sin una
predisposición o labilidad que la habilite. Sino fuese así, todos
padeceríamos siempre, irremisiblemente, las mismas enfermedades
profesionales, frente a las mismas circunstancias objetivas que afectan
la salud.” Además, “en el derecho, la predisposición carece de toda
relevancia, porque lo que determina la procedencia de la reparación es
la relación de causalidad entre el hecho y el daño, y no la incidencia de
factores que no revisten la calidad de “causa”. Aclarada, entonces, la
sinrazón del argumento utilizado por la Comisión para rechazar “el
accidente”, queda analizar si está en lo cierto la aseguradora cuando
afirma que el caso no se encuentra protegido por la ley porque la
"enfermedad" no ha sido incluida en el listado que elabora el Poder
Ejecutivo. Ese listado fue aprobado por el decreto 658/96 y restablecido
en 2000 en el decreto 1278/00 que permite hacer apertura a nuevos
casos en el listado de enfermedades. Así serán consideradas
enfermedades profesionales aquellas que, en cada caso concreto, la
Comisión Médica Central determine como provocadas por causa directa
e inmediata de la ejecución del trabajo. “El juez, entonces, frente al caso
concreto, tiene la facultad de integrar el vacío normativo por omisión
legislativa, y no puede, so pretexto de silencio legislativo, consagrar una
solución objetivamente injusta o irrazonable.” A partir de todo este
análisis se decidió ordenar a la ART el reconocimiento del accidente en
los términos de ley de riesgos de trabajo al “síndrome de desgaste
profesional”, y por ende, hacerse cargo de la cobertura médica. De esta
manera, por primera vez en la Argentina un Tribunal judicial reconoció
al "síndrome de desgaste profesional" como una "enfermedad-accidente
de trabajo"7.
7 Feresin, C. (2009). Nuevas consideraciones sobre burnout o síndrome de quemarse en el trabajo. "VI
Jornadas Universitarias y III Congreso Latinoamericano de Psicología del Trabajo", Buenos Aires, 3, 4 y 5
septiembre 2009.
https://www.lanacion.com.ar/sociedad/para-la-justicia-el-estres-laboral-es-una-enfermedad-nid1013254/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
En 2013, la Cámara Laboral de Bariloche hizo lugar a la demanda
presentada por un trabajador de una empresa de cargas y transportes
de esa localidad. El tribunal consideró que el trabajador sufrió
durante de la relación laboral "Sindrome de Burnout" o Sindrome de
Desgaste Laboral y, en consecuencia, condenó a la empresa
a indemnizarlo. En los fundamentos de la decisión, el Dr. Juan
Lagomarsino explicó que"... Sabemos que el trabajo puede brindarse en
condiciones que dañen la salud del trabajador. Cuando estas
condiciones dañan la salud física del trabajador, el derecho laboral las
reconoce con facilidad, como ocurre cuando el ruido perjudica la
percepción auditiva, los gases tóxicos disminuyen la capacidad
respiratoria o los esfuerzos debilitan las articulaciones. Pero, cuando las
condiciones del trabajo dañan la salud psíquica de la persona, tenemos
mayor dificultad para reconocer la relación causal entre el trabajo y el
daño. Sorprende que cuando se realiza la lista de enfermedades
profesionales reconocidas por la ley de riesgos de trabajo se haya
omitido incluir alguna que tuviera origen psicológico. Sobre todo si se
considera que antes de cerrar el listado completo se hizo consulta a la
asociación profesional de trabajadores, a la de empleadores, a la
Organización Panamericana para la Salud, y se tuvo en cuenta la
recomendación de la O.I.T. Como si el trabajador fuese una especie del
jinete sin cabeza, como si solo tuviera cuerpo, como si la mente no fuese
causa autónoma de enfermedades con síntomas y manifestaciones
totalmente físicas como es sabido y se encuentra científicamente
comprobado desde hace más de un siglo”8.
Organismos internacionales
La Organización Internacional del Trabajo, en 2002, hizo las primeras
referencias directas sobre el burnout en el “Documento de información
técnica sobre las enfermedades que plantean problemas para su posible
inclusión en la lista de enfermedades profesionales”, que figura como
8 https://www.bariloche2000.com/noticias/leer/indemnizan-a-trabajador-con-sindrome-de-burn-out/76153/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
anexo de la Recomendación sobre la lista de enfermedades
profesionales. En este documento se manifiesta que el burnout es uno
de los síndromes clínicos más importantes relacionados con las
condiciones de trabajo y hacen referencia a las investigaciones de
Maslach Jackson para referirse a este síndrome como un estrés crónico
laboral. Desde entonces, cada vez más, la OIT tiene en cuenta las
enfermedades psicosociales derivadas del estrés y analiza el burnout
como un síndrome a tener en cuenta para elaborar los planes de
prevención de riesgos laborales, ya que estos inciden en la salud de los
trabajadores y en consecuencia, en sus resultados laborales9.
La Red Mundial de Salud Ocupacional (GOHNET), de la Organización
Mundial de la Salud (OMS), intenta fortalecer la formación y
investigación sobre la seguridad y salud laboral. El objetivo general de
la GOHNET es favorecer el intercambio de información sobre los
peligros laborales y los problemas de salud que pueden derivarse de las
características del trabajo, desarrollando un plan de prevención de
riesgos laborales que apoye las actividades de formación e investigación
en un entorno laboral sostenible. Esta red al 2001, habla del burnout y
nos menciona que: «el síndrome de desgaste abarca las tres
dimensiones siguientes: extenuación emocional; despersonalización y
falta de realización personal10.
Este informe también analiza el proceso por el cual aparece el burnout.
Se concluye que el mismo se desarrolla de manera gradual comenzando
por niveles altos y prolongados de estrés, los cuales provocan una
sobrecarga laboral a la persona afectada. Por tanto, las trabajadoras y
los trabajadores que padecen este síndrome desarrollan actitudes que
culminan con un mecanismo de defensa que se caracteriza por una
9 Sánchez Llull, D. (2012). Burnout y prevención de riesgos laborales, seguridad y salud. Educació i Cultura, 23
133-153. Universitat de les Illes Balears
10 GOHNET (2001). Red Mundial de Salud Ocupacional. GOHNET: Una Red Mundial de Salud Ocupacional para
fortalecer la formación y la investigación en materia de salud en el trabajo. Núm. 1./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
desconexión psicológica del trabajo, volviéndose apáticos, escépticos e
intransigentes11.
Fue recién en 2019, cuando la Asamblea Mundial de la Salud, órgano
decisorio supremo de la Organización Mundial de la Salud, decidió
reconocer oficialmente al burnout o “síndrome de estar quemado” o de
desgaste profesional como enfermedad tras la ratificación de la revisión
número 11 de la Clasificación Estadística Internacional de
Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (CIE-11)12.
La CIE define el universo de enfermedades, trastornos, lesiones y otros
problemas de salud conexos, es el estándar internacional de
clasificación diagnóstica que sirve para notificar enfermedades y
afecciones con cualquier fin clínico o de investigación y constituye la
base para seguir la evolución de la salud y obtener estadísticas
mundiales. En la reunión N° 72, de mayo de 2019, la Asamblea Mundial
de la Salud incorporó al Síndrome de Burnout entre los principales
problemas de salud mental y en la antesala de muchas de las patologías
psíquicas derivadas de un escaso control y de la carencia de una
prevención primaria de este síndrome. Es la primera vez" que el
desgaste profesional entra en la clasificación, anunció Tarik Jasarevic,
portavoz de la OMS13.
Por todo ello, solicitamos a las Sras. Legisladoras y Sres. Legisladores
que consideren acompañarnos con la aprobación del presente proyecto
de ley, el que reproduce el texto del expediente de mi autoría, N° 797/20.
Silvia Sapag.-
11 CHERNISS, C. (1980): Staff burnout: job stress in the human service. Beverly Hills, CA
12 https://www.who.int/es/about/governance/world-health-assembly/seventy-second-world-health-
assembly
13http://www.medicosypacientes.com/articulo/la-oms-reconoce-como-enfermedad-el-burnout-o-sindrome-
de-estar-quemado/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”/final_de_pagina/