# Proyecto de ley de educacion tecnologica integral para la educacion secundaria en la republica argentina (1845/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-1845/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados, … La Ley de Educación Tecnológica Integral para la educación secundaria en la República Argentina. CAPÍTULO I Artículo 1°: Objeto. La presente normativa tiene como finalidad la institucionalización de la educación tecnológica en el nivel secundario como política de alcance nacional, en concordancia con el artículo 8° de la Ley de educación nacional 26.206, brindando a todos los educandos la capacidad de definir su proyecto de vida basado en valores de igualdad, solidaridad y respeto a la diversidad y en coincidencia con lo estipulado en el artículo 41 de la Constitución Nacional. Artículo 2°: Ámbito de Aplicación. La presente ley abarca la totalidad del territorio nacional e involucra a todas las instituciones de educación secundaria, ya sean de carácter público, privado o de naturaleza mixta. CAPÍTULO II. Artículo 3°: Educación tecnológica. Definición y objetivo. La Educación Tecnológica Integral es un enfoque educativo que se centra en proporcionar a los estudiantes una comprensión amplia de la tecnología y su aplicación en la sociedad. Este enfoque abarca un vasto espectro en el conocimiento tecnológico, desde el uso responsable, seguro y ético de recursos tecnológicos esenciales, como teléfonos móviles y computadoras personales para VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” realizar actividades cotidianas, la adquisición de conocimientos en programación y la aplicación de tecnologías emergentes en la industria vinculándose con los fundamentos de la investigación básica en diversas disciplinas con la finalidad de comprender las bases del avance tecnológico y su aplicación específica en los sectores productivos. Objetivo General: la Educación Tecnológica Integral busca dotar a los estudiantes con conocimientos que van más allá del uso superficial de la tecnología, integrando aspectos éticos, programáticos y los fundamentos de la investigación básica a partir de un enfoque integral que prepare a los estudiantes para ser agentes activos en un mundo tecnológico en constante cambio, fomentando su adaptabilidad, una mejor interacción interacción social. Objetivos particulares: A. desarrollar habilidades y destrezas tecnológicas esenciales; B. fomentar la comprensión de la tecnología en su contexto histórico y actual; C. promover la articulación con el sector privado para la actualización tecnológica permanente y el acceso a oportunidades de perfeccionamiento y empleabilidad conforme las oportunidades que presenta que presenta el mercado laboral. CAPÍTULO III. Artículo 4°: Principios: La presente legislación se sustenta en los siguientes principios rectores: a) Igualdad de oportunidades: La igualdad de oportunidades es un pilar fundamental para alcanzar una sociedad justa y equitativa. La Educación Tecnológica Integral no solo brinda igualdad de acceso a herramientas tecnológicas, sino también a la igualdad en la adquisición VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” y el acceso a los conocimientos, así como el desarrollo de habilidades y competencias que permiten a los estudiantes adaptarse y evolucionar en un mundo en constante cambio. b) Acceso universal a la tecnología: Reitera el compromiso del Estado, conforme el inciso f) del artículo 85 de la Ley de Educación Nacional 26.206, de garantizar el acceso universal a la tecnología y la conectividad en los entornos educativos y personales, asegurando que ningún estudiante quede excluido de las oportunidades que ofrece la sociedad tecnológica. c) Inclusión universal: Establece que la educación tecnológica integral sea obligatoria en la educación secundaria en todas las modalidades educativas en Argentina, para garantizar que todos los estudiantes, independientemente de su campo de estudio e institución en la que se encuentren, sea esta pública o privada, accedan a una formación tecnológica de calidad. d) Articulación con el sector privado: Promueve la participación del sector privado especializado en diferentes ámbitos de la tecnología, en la creación de contenidos y su aplicabilidad en los sectores productivos, para garantizar la actualización permanente y promover el vínculo de la comunidad educativa a las oportunidades de capacitación, perfeccionamiento y empleabilidad. e) Empoderamiento para el futuro profesional: La Educación Tecnológica Integral propuesta brinda a los estudiantes las herramientas y conocimientos necesarios para tomar decisiones informadas sobre su futuro profesional, poniendo al alcance el conocimiento y las oportunidades. f) Desarrollo de pensamiento crítico, habilidades y destrezas: Si bien es esencial adquirir conocimientos en diversas tecnologías, esta ley se enfoca en que los estudiantes comprendan la tecnología, desarrollen el pensamiento crítico y desarrollen las destrezas para aplicarla de forma efectiva y segura en su vida personal y profesional; así también que desarrollen las habilidades necesarias para acceder de manera VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” autónoma a nuevos conocimientos en respuesta a la rápida evolución tecnológica en el mundo actual. g) Enfoque pedagógico práctico y experiencial: El enfoque pedagógico propuesto para la Educación Tecnológica Integral es práctico y experiencial, creando un entorno de aprendizaje interactivo en el cual los estudiantes aplican los conocimientos adquiridos en sus entornos más cercanos, en colaboración con el sector productivo. Los contenidos se diseñan de manera que sean relevantes y aplicables tanto en el contexto argentino como en el internacional, permitiendo a los estudiantes desarrollar habilidades y competencias que pueden transferir al entorno laboral. Además, se fomenta una mentalidad de aprendizaje continuo, reconociendo la constante evolución de la tecnología y la necesidad de adaptación al contexto en el que se aplica. h) Promover la Innovación: La innovación es un principio fundamental de la Educación Tecnológica Integral que trasciende la creatividad e ideas. La verdadera innovación se materializa a través de la acción y el trabajo práctico. Esta ley busca desarrollar en los estudiantes la capacidad de transformar ideas en soluciones concretas y efectivas, mejoras significativas en productos, servicios o procesos en diversos sectores con el propósito de mejorar la calidad de vida de las personas y el desarrollo económico. i) Colaboración y articulación interinstitucional: Este principio fomenta una estrecha colaboración entre instituciones educativas, el sector empresarial, gobiernos provinciales, secretarias de gobiernos nacional y provinciales, organizaciones no gubernamentales (ONG), investigadores y expertos en tecnología, comunidades locales, asociaciones de padres, emprendedores, startups, organizaciones internacionales y las instituciones de investigación y desarrollo. La colaboración entre todas estas partes interesadas enriquece la educación tecnológica al proporcionar oportunidades de aprendizaje práctico. Además, promueve la innovación y la transferencia de VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” conocimiento, y asegura que las necesidades locales y globales se tengan en cuenta. En conjunto, esta colaboración fortalece la Educación Tecnológica Integral en la preparación de los estudiantes para enfrentar los desafíos del mundo tecnológico en constante evolución y beneficia tanto a las instituciones educativas como a las partes involucradas. j) Impacto en el desarrollo productivo: La Educación Tecnológica Integral que esta ley promueve tiene como uno de sus principales objetivos preparar a los estudiantes no solo para una vida personal eficiente y segura, sino también para contribuir activamente al desarrollo productivo de sus entornos, así como a nivel provincial y nacional, principalmente en los sectores y ámbitos que establece como prioritarios. k) Desarrollo sostenible: La sostenibilidad es uno de los principios rectores de la Educación Tecnológica Integral; al optimizar el uso de recursos y reducir residuos se promueven prácticas productivas más eficientes que impactan positivamente en la sostenibilidad ambiental y económica. La tecnología desempeña un papel crucial al permitir la adopción de procesos más limpios y eficaces, contribuyendo a la conservación de recursos naturales y la reducción del impacto ambiental negativo. Además, una mayor productividad genera crecimiento económico sostenible, mejorando la calidad de vida de las comunidades y apoyando el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas. l) Responsabilidad de las escuelas: Establece a las escuelas como centros de formación continua en tecnologías, en donde la Educación Tecnológica Integral es un proceso constante y transversal en lugar de una asignatura aislada. CAPÍTULO IV

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 1845/24
- Título oficial: Proyecto de ley de educacion tecnologica integral para la educacion secundaria en la republica argentina
- Ingreso: Senado, 2024-09-25
- Autor: Eduardo Alejandro Vischi
- Firmantes: Eduardo Alejandro Vischi
- Temas: Educación privada, Educación obligatoria, Educación, Secundaria, Adolescencia, Contenidos educativos
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/26e5de93-92e1-42e8-a641-a81e6304edcc
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/1845.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-09-25
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/26e5de93-92e1-42e8-a641-a81e6304edcc/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/26e5de93-92e1-42e8-a641-a81e6304edcc.
