# Proyecto de ley que establece un regimen de reintegro de derechos de exportacion tributados por las producciones agricolas en la prov. De formosa (2114/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-2114/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Reintegro de derechos de exportación tributados por las producciones agrícolas en la provincia de Formosa. Artículo 1°. Objeto. El objeto de la presente ley es establecer un régimen de reintegro del 100% de los derechos de exportación abonados por los productores agrícolas de la provincia de Formosa, con el fin de promover la competitividad del sector y fomentar el desarrollo económico de la región. Este beneficio se aplicará a todas las exportaciones de cereales y oleaginosas producidas dentro del territorio provincial. Artículo 2º. Beneficiarios. Serán beneficiarias del régimen establecido en la presente ley todas las personas físicas o jurídicas que acrediten el desarrollo de actividad agrícola en la provincia de Formosa, específicamente en la producción de cereales y oleaginosas. Para acceder a este beneficio, los interesados deberán acreditar la titularidad o posesión legal del establecimiento agrícola mediante alguno de los siguientes documentos: a) Contrato de arrendamiento con firma certificada ante Escribano Público y con el correspondiente sellado fiscal, con una duración mínima de tres (3) años. b) Título de propiedad del establecimiento. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” c) Adjudicación en venta, permiso de ocupación o cesión de derechos que acrediten la tenencia legal del inmueble. Artículo 3º. Requisitos para acceder al beneficio. Serán condiciones necesarias para la obtención del beneficio y de cumplimiento obligatorio por parte del beneficiario: a)La utilización y demostración de uso de semilla fiscalizada en la actividad; b)la presentación de las cartas de porte de grano pertenecientes al establecimiento y/o cuit de referencia; y c)el geoposicionamiento del establecimiento en cuestión. Artículo 4º. Procedimiento para la efectivización del reintegro. El beneficio establecido en esta ley se hará efectivo mediante el reintegro del 100% de los derechos de exportación abonados sobre las toneladas de granos comercializadas y producidas en el territorio de la provincia de Formosa, conforme lo dispuesto en el Artículo 1º. El reintegro será depositado en la cuenta corriente vinculada al CUIT del beneficiario, conforme a lo establecido en el Artículo 2º, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el Artículo 3º. Artículo 5º. Organismos de aplicación. La reglamentación de la presente ley será dictada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, o por el organismo que en el futuro asuma sus competencias. Para la correcta ejecución y control del beneficio, se garantizará la participación conjunta con la Administración de Recursos y Control Aduanero (ARCA), o del organismo que en el futuro asuma sus VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” funciones, a fin de asegurar la transparencia y celeridad en la implementación de la presente ley. Artículo 6°. Vigencia del beneficio. El beneficio entrará en vigencia, a partir de la sanción de la ley y su correspondiente reglamentación, por parte de los organismos de aplicación de la misma, citados en el artículo 5º en los tiempos suscriptos en el artículo 10 y su consecuente publicación en el boletín oficial. El beneficio se mantendrá vigente hasta que se logre la total eliminación de los derechos de exportación a cereales y oleaginosas del territorio nacional. Artículo 7°. Plan Fiscal. El Poder Ejecutivo Nacional, en colaboración con el Ministerio de Economía de la Nación, diseñará un plan fiscal para los reintegros futuros, asegurando una transición ordenada en la estructura tributaria para no afectar las finanzas públicas ni nacionales ni provinciales. Artículo 8°. Medidas de promoción de incentivos. Se promoverán medidas de promoción desde la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca para incentivar la inversión privada en el desarrollo agrícola de la Provincia de Formosa, aprovechando la nueva competitividad que surgirá tras la eliminación de los derechos de exportación. Artículo 9°. Acuerdos fiscales. La implementación de esta ley no afectará los acuerdos fiscales vigentes entre la Nación y las provincias, garantizando el respeto a las autonomías fiscales y a la preservación de sus potestades tributarias. Artículo 10°. Esta ley deberá ser reglamentada en un plazo no mayor a 60 días desde su promulgación, promoviendo acuerdos VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” interjurisdiccionales que optimicen el desarrollo económico de las provincias en el marco de la autonomía fiscal. Artículo 11°. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Francisco M. Paoltroni

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 2114/24
- Título oficial: Proyecto de ley que establece un regimen de reintegro de derechos de exportacion tributados por las producciones agricolas en la prov. De formosa
- Ingreso: Senado, 2024-10-29
- Autor: Francisco Manuel Paoltroni
- Temas: Economías Regionales, Agricultura, Exportaciones, Federalismo y descentralización, Comercio exterior, Producción e industrias, Impuestos, Retenciones, República, democracia y federalismo
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/2c8b5e68-dcf5-4083-af98-fcd3963e9ecd
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/2114.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-10-29
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/2c8b5e68-dcf5-4083-af98-fcd3963e9ecd/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/2c8b5e68-dcf5-4083-af98-fcd3963e9ecd.
