DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY DE EQUIDAD SALARIAL EN LA FUNCION PUBLICA.

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0286/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… EQUIDAD SALARIAL EN LA FUNCIÓN PÚBLICA Artículo 1.- Las remuneraciones mensuales que por todo concepto perciban los funcionarios del Sector Público Nacional, conforme la definición del artículo 8 de la Ley 24.156 y del Decreto 1344/2007, así como de los Organismos de Control internos y externos a la Administración Pública Nacional, Entes Reguladores, Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados (INSSJP), Banco Central de la República Argentina; Legisladores nacionales y Magistrados del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público y miembros del Consejo de la Magistratura no podrán ser superiores a la del Presidente de la Nación. Artículo 2.- Las asignaciones, jubilaciones, pensiones y beneficios mensuales otorgados en la Ley 24.018 a ex presidentes, vicepresidentes, miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación y vocales del Tribunal Fiscal de la Nación, así como las establecidas en la Ley 22.731 del Régimen Jubilatorio del Servicio Exterior de la Nación no podrán ser superiores a la remuneración mensual del Presidente de la Nación. Artículo 3.- Las remuneraciones de los sujetos mencionados en el artículo 1 no podrán tener una actualización o movilidad superior al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 4.- El ahorro resultante de los ajustes producto de la presente ley durante el ejercicio correspondiente al año 2024 se destinará a un fondo especial asignado exclusivamente a: a. Financiar el desarrollo educativo en condiciones de calidad y equidad en todo el país, b. Fortalecer el Sistema Educativo Nacional en todos los niveles y modalidades del ciclo de escolaridad obligatoria, c. Garantizar los servicios de alimentación escolar de cada establecimiento educativo. d. Aumentar la inversión en infraestructura y equipamiento de los establecimientos educativos. Artículo 5.- Dicho fondo será controlado y auditado concomitantemente por la Auditoría General de la Nación a través de un programa especial implementado a tales fines. Artículo 6.- Invitase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a dictar normas del mismo carácter. Artículo 7.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de 10 días de publicada. Artículo 8.- Las disposiciones establecidas en la presente comenzarán a regir una vez publicada la presente, debiéndose retener las sumas correspondientes en el mes en curso. Artículo 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Martín Lousteau.- Pablo D. Blanco.- Guadalupe Tagliaferri/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”

Expediente
286/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
13 de marzo de 2024
Progreso del trámite1/6

Documentos (1)

Texto Original
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Fundamentos

Señora presidente: No es la primera vez que nuestro espacio plantea la necesidad de tornar más equitativa y menos distorsiva la evidente inequidad en las contraprestaciones que perciben los funcionarios públicos. Somos conscientes, sin embargo, que la eliminación de privilegios en el Estado no es meramente una decisión legislativa. No alcanza un proyecto de ley, sino que debemos crear una cultura política y pública. La ley es necesaria, pero no suficiente en estos casos. También entendemos que las modificaciones legislativas que duran en el tiempo son aquellas que mayor legitimidad tuvieron a la hora de plantearse, por eso no es cuestión de imponer una ley, sino de transitar el camino hacia una equiparación de todo el sector. Queremos discutir el Estado, necesitamos reformarlo, profesionalizarlo con funcionarios honestos, eficientes y bien remunerados. Las señales importan pero la competitividad también es necesaria. No puede ser un desmedro ser un representante de la ciudadanía, mucho menos ser un funcionario de carrera sino que debe ser un incentivo. Necesitamos una discusión que asuma que el Estado es parte de la solución de la vida de las personas. Al mismo tiempo, tenemos que avanzar hacia una mayor legitimidad de las instituciones políticas frente a la ciudadanía, comprender que los ciudadanos sufren las consecuencias de los desmanejos económicos, de las promesas incumplidas, de las medidas electoralistas con repercusión directa en la calidad de vida de cada uno de nosotros. En relación a ello, desde la crisis sanitaria por Covid-19, la situación económico-financiera para los ciudadanos ha sufrido gravísimas consecuencias sobre los ingresos de la mayoría de las familias, sobre todo en la clase media y baja, y como todos sabemos, en los jubilados./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Es en este sentido que, desde los más altos cargos se requiere la toma de conciencia en cuanto a generar medidas de austeridad que se adecúen al contexto actual, diseñadas por políticos sensibles con la realidad. Desde nuestro espacio, como presidente de la Unión Cívica Radical, creo necesario un cambio cultural de arriba hacia abajo y es desde este punto que, los altos cargos jerárquicos deben promover también acciones de carácter solidario, respetuoso y tolerante. La paz social y el crecimiento sostenible de los argentinos en conjunto, es una responsabilidad colectiva y hoy más que nunca todos -cada uno desde el lugar que le toque- debería aportar para lograrla. Por ello, creemos en discursos políticos que construyan, no que destruyan; con gestos políticos claros como el espíritu de esta iniciativa, no de violencia; con silencios adecuados en lugar de reacciones discursivas públicas con lenguaje agresivo y descalificante. La sociedad necesita una convocatoria a la unidad, a la paz social con sinceridad y compromiso, sin especulación política y claramente con hechos concretos que denoten coherencia entre el discurso y los hechos. El presente proyecto de ley propone establecer la equidad en las retribuciones de los funcionarios del Sector Público Nacional, conforme la definición del artículo 8 de la Ley 24.156 y del Decreto 1344/2007, así como de los Organismos de Control internos y externos a la Administración Pública Nacional, Entes Reguladores, Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados (INSSJP), Banco Central de la República Argentina; Legisladores nacionales y Magistrados del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público y miembros del Consejo de la Magistratura. En democracia la dirigencia enseña con el ejemplo, y en este contexto de emergencia generalizada del país, es necesario dar una demostración de austeridad republicana. Sin embargo, es claro que esa/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” demostración debe venir de todos los funcionarios y no solo de uno de los poderes del Estado. Proponemos que ningún funcionario en actividad pueda percibir una remuneración mayor que la del Presidente de la Nación, y que su actualización esté sujeta al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Esta medida coloca en el tope de la escala salarial al jefe supremo de la Nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración general del país. Por otro lado, proponemos que las asignaciones, jubilaciones, pensiones y beneficios mensuales otorgados en la Ley 24.018 a ex presidentes, vicepresidentes, miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación y vocales del Tribunal Fiscal de la Nación, así como las establecidas en la Ley 22.731 del Régimen Jubilatorio del Servicio Exterior de la Nación no podrán ser superiores a la asignación mensual del Presidente de la Nación. Podemos advertir, entonces, que el ahorro que podría generarse durante el 2024, producto del tope impuesto con la presente iniciativa sería realmente significativo. En ese sentido, es preciso que el destino de esos fondos llegue directamente a la población beneficiaria y no se convierta solamente en una herramienta para lograr un equilibrio fiscal vacío de políticas. Y creemos que uno de los déficits más urgentes que tiene nuestro país es el educativo y las enormes brechas que existen en el acceso a una educación de calidad para todas las niñas, niños y adolescentes, por lo cual proponemos que el ahorro por el tope en las retribuciones sea orientado hacia la resolución esos déficits educativos. Según datos del Censo 2022, en la Argentina hay 10.784.342 niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 19 años de edad (3.596.417 de 5 a 9 años; 3.628.906 de 10 a 14 años; 3.559.019 de 15 a 19 años). Así, consideramos que la prioridad debe ser la respuesta a la enorme crisis/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” educativa que viene arrastrándose hace años en nuestro país. Reorientar esfuerzos y recursos para erradicar las desigualdades en el acceso a una educación de calidad. En un informe del PNUD del año 2022, se destacó que uno de los principales desafíos del país es la inequidad educativa, especialmente evidenciada entre áreas urbanas y rurales o entre grupos socioeconómicos. Teniendo en consideración a la crisis educativa, el nivel promedio de salarios en Argentina y observando con preocupación la situación de nuestros jubilados es que resulta pertinente acompañar esta iniciativa. El esfuerzo debe ser de manera conjunta, desde todos los niveles, sin distinciones hacia la posibilidad de encaminarnos hacia la Argentina que buscamos para nuestras generaciones futuras. Salvando las distancias, el contexto histórico y económico, observamos con gratitud el ejemplo del ex Presidente Arturo Illia, quien ocupó la presidencia de la Nación entre 1963 y 1966, que no tocó ni un peso de los fondos reservados y rechazó cobrar la jubilación de privilegio. Dejó la función pública con un patrimonio menor al que tenía cuando asumió el cargo. Su casa particular, alejada de elementos lujosos revela en su austeridad, el modo de vida de un ciudadano que dio una enseñanza de alta ejemplaridad ética. Por las razones vertidas, solicitamos se acompañe este proyecto. Martín Lousteau.- Pablo D. Blanco.- Guadalupe Tagliaferri/final_de_pagina/