# Proyecto de ley de equidad salarial en la funcion publica (286/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0286/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… EQUIDAD SALARIAL EN LA FUNCIÓN PÚBLICA Artículo 1.- Las remuneraciones mensuales que por todo concepto perciban los funcionarios del Sector Público Nacional, conforme la definición del artículo 8 de la Ley 24.156 y del Decreto 1344/2007, así como de los Organismos de Control internos y externos a la Administración Pública Nacional, Entes Reguladores, Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados (INSSJP), Banco Central de la República Argentina; Legisladores nacionales y Magistrados del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público y miembros del Consejo de la Magistratura no podrán ser superiores a la del Presidente de la Nación. Artículo 2.- Las asignaciones, jubilaciones, pensiones y beneficios mensuales otorgados en la Ley 24.018 a ex presidentes, vicepresidentes, miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación y vocales del Tribunal Fiscal de la Nación, así como las establecidas en la Ley 22.731 del Régimen Jubilatorio del Servicio Exterior de la Nación no podrán ser superiores a la remuneración mensual del Presidente de la Nación. Artículo 3.- Las remuneraciones de los sujetos mencionados en el artículo 1 no podrán tener una actualización o movilidad superior al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 4.- El ahorro resultante de los ajustes producto de la presente ley durante el ejercicio correspondiente al año 2024 se destinará a un fondo especial asignado exclusivamente a: a. Financiar el desarrollo educativo en condiciones de calidad y equidad en todo el país, b. Fortalecer el Sistema Educativo Nacional en todos los niveles y modalidades del ciclo de escolaridad obligatoria, c. Garantizar los servicios de alimentación escolar de cada establecimiento educativo. d. Aumentar la inversión en infraestructura y equipamiento de los establecimientos educativos. Artículo 5.- Dicho fondo será controlado y auditado concomitantemente por la Auditoría General de la Nación a través de un programa especial implementado a tales fines. Artículo 6.- Invitase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a dictar normas del mismo carácter. Artículo 7.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de 10 días de publicada. Artículo 8.- Las disposiciones establecidas en la presente comenzarán a regir una vez publicada la presente, debiéndose retener las sumas correspondientes en el mes en curso. Artículo 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Martín Lousteau.- Pablo D. Blanco.- Guadalupe Tagliaferri/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 286/24
- Título oficial: Proyecto de ley de equidad salarial en la funcion publica
- Ingreso: Senado, 2024-03-13
- Autor: Martín Lousteau
- Firmantes: Guadalupe Tagliaferri, Martín Lousteau, Pablo Daniel Blanco
- Temas: Patrimonio público, Transparencia e información pública, Cuentas públicas, Función pública, Alumnos, Educación obligatoria, Gobierno y Administración Pública, Educación, Financiamiento educativo, Calidad educativa, Gasto público, Escuelas, Jubilados y jubilaciones
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/40a2fb9f-3e9e-4fc6-9782-0faa2602c362
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/286.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-03-13
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/40a2fb9f-3e9e-4fc6-9782-0faa2602c362/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/40a2fb9f-3e9e-4fc6-9782-0faa2602c362.
