DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

REPRODUCE PROYECTO DE LEY QUE OTORGA UNA LICENCIA ANUAL ESPECIAL PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS PREVENTIVOS DE CÁNCER DE COLON Y DE PRÓSTATA (REF. S. 32/22).

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0240/2024) Buenos Aires, 12 de marzo de 2024 Victoria Villarruel Señora Presidente del Honorable Senado S/D De mi mayor consideración Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con el fin de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios pertinentes para la reproducción del proyecto de ley de mi autoría, caratulado bajo expediente S32/2022, por el cual se reconoce una licencia anual especial para la realización de estudios preventivos de cáncer de colon y de próstata.- Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente. Silvia Sapag. – PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1°: Toda persona mayor de 50 años tiene derecho a una licencia especial remunerada de un (1) día al año para la realización de los estudios médicos tendientes a la prevención y detección temprana de cáncer colorrectal y de próstata. También se reconoce este derecho a toda persona menor de 50 años que tengan riesgo aumentado según los factores que determine la autoridad de aplicación. Artículo 2°: La persona beneficiaria deberá acreditar ante el empleador haber realizado el estudio mediante la presentación del certificado expedido por el profesional o centro de salud interviniente./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 3°: La licencia dispuesta en el Artículo 1° no podrá implicar afectación salarial alguna, descuentos, ni la pérdida del presentismo ni cualquier otro beneficio laboral o adicional salarial que perciba. Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Silvia Sapag.-

Expediente
240/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
12 de marzo de 2024
Progreso del trámite1/6

Documentos (1)

Texto Original
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Fundamentos

Señora presidente: En materia de salud, las políticas públicas tendientes a la prevención de enfermedades son un elemento central en pos de mejorar la calidad de vida de los argentinos. Y en este sentido las enfermedades no transmisibles (ENT), consideradas actualmente la principal causa de mortalidad a nivel mundial, son un objetivo directo que deben perseguir las decisiones gubernamentales para el mejoramiento de la expectativa de vida. Según las últimas estimaciones realizadas por la Agencia Internacional de Investigación sobre Cáncer (IARC) en base a datos disponibles a nivel mundial para el año 2018, Argentina presenta una tasa de incidencia de 212 casos por 100.000 habitantes (considerando ambos sexos y todos los tumores a excepción de piel no melanoma), cifra que la posiciona dentro de los países del mundo con incidencia de cáncer media-alta (rango 177 a 245,6 por 100.000 habitantes), ubicándola a su vez en el séptimo lugar en Latinoamérica. Esta estimación corresponde a más de 125.000 casos nuevos de cáncer en ambos sexos por año, con porcentajes similares tanto en hombres como en mujeres. Basándose en datos provenientes de los Registros de Cáncer de Base Poblacional (RCBP) de nuestro país que alcanzaron los estándares de/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” calidad esperados, la IARC ha calculado para Argentina una incidencia de 269 casos nuevos de cáncer por año por cada 100.000 varones y 290 por cada 100.000 mujeres. En Argentina, según las estimaciones de incidencia del Observatorio Global de Cáncer de la OMS, el cáncer de mama es el de mayor magnitud en cuanto a ocurrencia para 2018: con un volumen de más de 21.000 casos al año, representa el 17% de todos los tumores malignos y casi un tercio de los cánceres femeninos. Para cáncer colorrectal en ambos sexos se estimaron 15.692 casos nuevos para el año 2018, concentrando el 13% del total de tumores. En los varones, la mayor incidencia está dada por el cáncer de próstata, con una ocurrencia de más de 11.000 casos anuales, que representan el 20% de todos los tumores malignos en varones y 9% de la totalidad de cánceres del país. El cáncer de mayor incidencia se presenta en mujeres y es el de mama, con una tasa de 73 casos por cada 100.000 mujeres. Luego, lo siguen los tumores de próstata (42 p/100.000 varones) y colorrectal en hombres (31 p/100.000 varones)1. En el año 2017 se registraron en Argentina 62.618 defunciones por cáncer, 52% de las cuales se produjeron en varones (32.393) y 48% en mujeres (30.225). El cáncer de pulmón determinó el mayor número de defunciones por tumores malignos en el año 2017 (9.485), concentrando el 15% del total de las defunciones por cáncer y el 20% de las muertes por esta causa en varones. El cáncer colorrectal se ubicó en el segundo lugar de frecuencia, con el 12% del total de defunciones (7.499). En mujeres, el cáncer de mama (6.049 defunciones) representó el 20% del total de las defunciones por cáncer – ubicándose, por su frecuencia, en tercer lugar de importancia en ambos sexos. Le siguen el cáncer de páncreas (4.302) y próstata (3.771), los que representan 1 https://www.argentina.gob.ar/salud/instituto-nacional-del-cancer/estadisticas/incidencia/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” aproximadamente el 6% de las más de 60.000 defunciones registradas por esta causa2. En ese sentido, la Ley N° 23.611, en su artículo 1°, ya declaraba de interés nacional, en la política sanitaria, la lucha contra el cáncer, y en los últimos años fue creado a nivel nacional el Instituto Nacional del Cáncer. En 2013, mediante Resolución 2173, se creó el Programa Nacional de Prevención y Detección Temprana del Cáncer Colorrectal. A los programas de acceso gratuito a los estudios médicos y a las permanentes campañas de concientización, es necesario también que el Estado promueva la realización de estos exámenes con otras herramientas complementarias. Según la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo3, sólo una de cada tres personas de entre 50 y 70 años (hombres y mujeres) realiza sus estudios para detección temprana de cáncer de colon. Esto es una falencia grave en nuestra población, ya que los programas de prevención y detección temprana del cáncer colorrectal han demostrado su efectividad en la disminución de la incidencia y mortalidad y deben ser complementados con acciones que mejoren el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de la enfermedad en todas sus etapas. Este expediente reproduce el texto del proyecto 471/20, por el cual se propone asegurar el derecho de toda persona de gozar de un día de licencia anual justificada para la realización de los estudios médicos preventivos y necesarios para la detección temprana de los cánceres colorrectal y de próstata, sin que esa ausencia le genere un descuento o pérdida salarial. 2 https://www.argentina.gob.ar/salud/instituto-nacional-del-cancer/estadisticas/mortalidad 3 http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000001622cnt-2019-10_4ta-encuesta-nacional- factores-riesgo.pdf/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Por todo ello, solicitamos a las Sras. Legisladoras y Sres. Legisladores que consideren acompañarnos con la aprobación del presente proyecto de ley. Silvia Sapag.-/final_de_pagina/