# Codigo penal de la nacion - modificaciones sobre falsa denuncia (4158-D-2025)

> “1983/2003 - 40 años de Democracia” PROYECTO DE LEY FALSA DENUNCIA Y FALSO TESTIMONIO El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley. DELITO FALSA DENUNCIA ARTÍCULO 1°: Modificase el artículo 245 del Código Penal de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 245. – Se impondrá prisión de tres a seis años al que denunciare un delito ante la autoridad.- 1) Si la falsa denuncia realizada ante autoridad fuera en una causa en contexto de violencia de género la pena será de cuatro a siete años de prisión. - 2) Si la falsa denuncia realizada ante autoridad fuera en el contexto de delitos de abuso sexual o contra menores de edad la pena será de seis años a 10 años de prisión.-/final_de_pagina/“1983/2003 - 40 años de Democracia” DELITO DE FALSO TESTIMONIO ARTICULO 2°. Modificase el artículo 275 del Código Penal de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera: Art 275 - Será reprimido con prisión de un tres a seis años, el testigo, perito o intérprete que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte, en su deposición, informe, traducción o interpretación, hecha ante la autoridad competente. 1)Si el falso testimonio se cometiere en una causa penal, o en una causa laboral la pena será de cuatro a 7 años de prisión.- 2)Si el falso testimonio se cometiere en una causa criminal, en perjuicio del inculpado, la pena será de seis a diez años de reclusión o prisión. En todos los casos se impondrá al reo, además, inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena. ARTICULO 3° Incorpórese el art. 275 bis al Código Penal de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera: Art. 275 bis: Será reprimido con prisión de tres a seis años el profesional que instigare o asesorare a un testigo propuesto por su parte a realizar manifestación o afirmación de una falsedad, negare o callare la verdad en todo o en parte con el fin/final_de_pagina/“1983/2003 - 40 años de Democracia” de causar un perjuicio en el proceso referido. En todos los casos se impondrá al reo, además, inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena. VASQUEZ PATRICIA MARÍA Diputada de la Nación

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 4158-D-2025
- Título oficial: Codigo penal de la nacion - modificaciones sobre falsa denuncia
- Ingreso: Diputados, 2025-08-04
- Autor: Patricia Vásquez
- Firmantes: Patricia Vásquez
- Temas: Género, Violencia de género, Delitos, proceso penal y penas, Justicia
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/4a171657-5c5a-49ab-9dba-79ace966cf10

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en Diputados.

- Ingreso: 2025-08-04
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/4a171657-5c5a-49ab-9dba-79ace966cf10/fundamentos

---

Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/4a171657-5c5a-49ab-9dba-79ace966cf10.
