DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA AL PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO (PMO) LA VACUNA CONTRA EL DENGUE.

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0353/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputado, … INCORPORA AL PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO (PMO) LA VACUNA CONTRA EL VIRUS DEL DENGUE ARTÍCULO 1º: Incorpórese en el Programa Médico Obligatorio (PMO), la cobertura con carácter obligatorio, gratuito y federal, al esquema completo de vacunación contra el virus del DENGUE, para todas las personas mayores de cuatro (4) años de la República Argentina. ARTÍCULO 2º: Quedan obligados a brindar cobertura como prestación obligatoria a favor de los beneficiarios, en los términos de la presente ley, los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud enmarcados en las Leyes Nº23.660 y Nº23.661, las Entidades de Medicina Prepaga (Ley Nº26.682), el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Ley Nº19.032), la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, el Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas, las Obras Sociales Universitarias (Ley Nº24.741), y todos aquellos agentes que brinden servicios médico asistenciales independientemente de la forma jurídica que posean. ARTÍCULO 3º: Inclúyase en el Calendario Nacional de Vacunación (CNV) el esquema completo de vacunación establecido en el Artículo 1° de la presente norma, en los términos que establezca la autoridad sanitaria. ARTÍCULO 4°: La autoridad sanitaria priorizará la implementación del esquema completo de vacunación en las zonas más afectadas por el/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” virus del DENGUE, sobre todo en la región norte y centro de nuestro país. ARTÍCULO 5°: A los efectos de combatir la enfermedad infecciosa causada por el virus del DENGUE, la autoridad sanitaria promoverá la realización de una campaña de concientización y prevención de la misma. ARTÍCULO 6°: Será autoridad de aplicación de la presente ley la que determine el Poder Ejecutivo. ARTÍCULO 7º: La autoridad de aplicación arbitrará las medidas necesarias para la implementación de la presente normativa. ARTÍCULO 8º: Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley. ARTÍCULO 9º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Sandra M. Mendoza. - Juan L. Manzur. -

Expediente
353/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
19 de marzo de 2024
Progreso del trámite1/6

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Fundamentos

Señora Presidente: El dengue es una enfermedad infecciosa causada por el virus del dengue, que se transmite a través de la picadura de las hembras del mosquito Aedes aegypti. Estos mosquitos también transmiten los virus Chikungunya y Zika. El contagio sólo ocurre por la picadura del mosquito; no hay transmisión de persona a persona./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Según un informe de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) se trata de una enfermedad que afecta personas de todas las edades, cuyos síntomas varían entre una fiebre leve a una fiebre incapacitante, acompañado de dolor intenso de cabeza, dolor detrás de los ojos, dolor en músculos y articulaciones, y eritema. 1 La enfermedad puede progresar a formas graves, caracterizada principalmente por choque, dificultad respiratoria y/o daño grave de órganos.2 El dengue tiene un comportamiento estacionario, es decir, en el hemisferio Sur la mayoría de los casos ocurren durante la primera mitad del año, en cambio, en el hemisferio Norte, los casos ocurren mayormente en la segunda mitad. Este patrón de comportamiento corresponde a los meses más cálidos y lluviosos.3 En este contexto, la Organización Panamericana de la Salud ha emitido el 16-02-2024 una Alerta Epidemiológica por aumento de casos de dengue en la Región de las Américas, considerando el incremento exponencial de casos informados durante las primeras semanas del 2024, en varios países de nuestro continente.4 El Boletín Epidemiológico Nacional N°694 del año 2024 confeccionado por la cartera sanitaria de la Nación informa que desde la semana epidemiológica 31/2023 hasta la semana epidemiológica 9/2024 se registraron en Argentina 95.705 casos de dengue: 87.318 sin antecedentes de viaje (autóctonos), 3.468 importados y 4.919 en investigación, resultando en una incidencia acumulada hasta el momento a nivel país de 203 casos cada cien mil habitantes. En el mismo período 193 casos fueron clasificados como dengue grave 1 Dengue - OPS/OMS | Organización Panamericana de la Salud (paho.org) 2 Ídem anterior 3 Ídem anterior 4 ben_694_se_9_vf.pdf/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (0,20%) y 57 casos fallecidos. En la actualidad 19 jurisdicciones presentan circulación viral notificada en su territorio.5 El mismo informe consigna que durante 2024, desde la semana epidemiológica 1 a la 9 se notificaron 78.606 casos de dengue (lo que representa el 82% de los 95.705 casos registrados en la temporada 2023/2024 hasta el momento. Para el mismo período en 2023 se habían registrado 4.317 casos, lo que representa un aumento de 17,2 veces en el presente año. El mayor número de casos registrados en esta temporada hasta el momento fue en la semana epidemiológica 8/24 con 15.692 casos notificados Si bien no existe un tratamiento específico para la enfermedad, en nuestro país, en el mes de abril del 2023 la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó el uso de la vacuna contra el dengue para todas las personas mayores de 4 años, hayan cursado o no previamente la misma.6Su forma de administración consiste en dos dosis que deben ser aplicadas en un intervalo de tres meses. Según informara el Ministerio de Salud de la Nación al anunciar la autorización de esta vacuna, la misma previamente ya habría sido aprobada en agosto de 2022 en Indonesia y en la Unión Europea en diciembre de ese mismo año. Luego, le siguieron el Reino Unido en enero de 2023 y la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria de Brasil (ANVISA).7 Sin lugar a duda la mejor estrategia de prevención sigue siendo la participación de la comunidad en relación al control y eliminación de 5 Ídem anterior 6 La ANMAT aprobó el uso de la vacuna del laboratorio Takeda contra el dengue | Argentina.gob.ar 7 Ídem anterior/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” criaderos de mosquitos, así como el fortalecimiento de la comunicación de las medidas de prevención para evitar picaduras de mosquitos y el empleo de métodos de aislamiento vectorial (repelentes, espirales, mosquiteros, etc.). No obstante, en virtud del creciente número de casos de personas infectadas por el virus en estos primeros meses del año, el Estado debe garantizar el acceso obligatorio, gratuito y federal al esquema de inmunización contra el virus del dengue en las condiciones determinadas por la autoridad sanitaria nacional, en coordinación con las jurisdicciones locales. Tal como lo señalara nuestro primer Ministro de Salud Pública y Asistencia Social de la Nación durante la presidencia de Juan D. Perón, el Dr. Ramón Carrillo, la atención primaria de la salud y la medicina preventiva se constituyen en ejes centrales a la hora de implementar las políticas públicas sanitarias y administrar los recursos del Estado. Desde esa perspectiva, las campañas masivas de vacunación a nivel nacional constituyen un instrumento fundamental junto con la prevención y la concientización de la comunidad. Tal como lo establece nuestra Carta Magna en su Artículo 33° el Estado tiene la responsabilidad de garantizar la protección del derecho a la salud para todos los habitantes. En idéntico sentido, el artículo 75, inciso 23 de nuestra Constitución Nacional, establece que el Estado Nacional asume la calidad de garante de los derechos en ella reconocidos como así también en los Tratados Internacionales vigentes, con jerarquía constitucional, por lo que debe y está obligado a asegurar el derecho a la salud y a la atención sanitaria en todo el territorio nacional. El derecho a la salud protegido no obliga al Estado a curar, sino a implementar políticas públicas socio sanitarias, para alcanzar el más alto/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” nivel posible de salud con acciones positivas tendientes a asegurar el bienestar de la población. Ante el exponencial crecimiento de casos informados de dengue a lo largo y lo ancho de nuestro país, las muertes producidas en consecuencia y las múltiples alertas epidemiológicas enunciadas, se impone como imprescindible disponer la inmediata incorporación de la vacuna del virus del dengue en Plan Médico Obligatorio (PMO) y su inclusión en el Calendario de Vacunación Nacional a fin de brindar cobertura sanitaria a la población. Por los motivos expuestos, invito a mis pares acompañen el presente Proyecto de Ley. Sandra M. Mendoza.- Juan L. Manzur.-/final_de_pagina/