# Proyecto de ley que modifica su similar 24.013 (empleo) respecto de actualizar el monto de la prestacion mensual del seguro de desempleo (710/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0710/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… ARTÍCULO 1º.- Incorpórase como inciso i) al artículo 114 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, el siguiente: “i) Extinción por mutuo acuerdo de las partes en los términos del artículo 241 de la Ley N° 20.744”. ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 118 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias por el siguiente: “ARTÍCULO 118.- La cuantía de la prestación por desempleo para trabajadores convencionados o no convencionados será calculada como un porcentaje del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. El porcentaje aplicable durante los primeros cuatro meses de la prestación será fijado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Del quinto al octavo mes la prestación será equivalente al 85 por ciento de la de los primeros cuatro meses. Del noveno al duodécimo mes la prestación será equivalente al 70 por ciento de la de los primeros cuatro meses. En ningún caso la prestación mensual por desempleo, podrá ser inferior a UN (1) Salario Mínimo Vital y Móvil, ni superior a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles. Las sumas determinadas en este artículo serán actualizadas según la variación del índice que surge de la evolución de la Remuneración/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Imponible Promedio de los Trabajadores Estables -RIPTE- publicado por el Boletín Estadístico de la Secretaría de Seguridad Social.” ARTÍCULO 3°.- Sustitúyense los incisos a) y b) del artículo 135 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias por el siguiente: a) Determinar semestralmente el salario mínimo, vital y móvil; b) Determinar periódicamente el porcentaje previsto en el artículo 118 correspondiente a los primeros cuatro meses de la prestación por desempleo;”. ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Lucila Crexell

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 710/24
- Título oficial: Proyecto de ley que modifica su similar 24.013 (empleo) respecto de actualizar el monto de la prestacion mensual del seguro de desempleo
- Ingreso: Senado, 2024-04-25
- Autor: Carmen Lucila Crexell
- Firmantes: Carmen Lucila Crexell
- Temas: Ley 20744, Relación laboral, Trabajo
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/4db774e3-f9a7-459f-8dc3-54d2bdbf674c
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/710.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-04-25
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/4db774e3-f9a7-459f-8dc3-54d2bdbf674c/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/4db774e3-f9a7-459f-8dc3-54d2bdbf674c.
