# Proyecto de ley de promoción del empleo joven (1170/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-1170/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… PROMOCIÓN DEL EMPLEO JOVEN ARTÍCULO 1º.- Créase un Régimen de incentivo laboral para personas menores de 26 años de edad que se encuentren desocupadas, que regirá de manera permanente con los alcances y limitaciones establecidas en la presente ley y las normas reglamentarias que en su consecuencia dicte el Poder Ejecutivo. ARTÍCULO 2º.- Beneficiarios. Podrán acogerse al presente Régimen las personas físicas y jurídicas constituidas en la República Argentina que se encuentren en curso normal de cumplimiento de sus obligaciones impositivas y previsionales. ARTÍCULO 3º.- Contratos de Trabajo Promocionados. Para cualquier trabajador dado, serán promocionados todos los contratos de trabajo en el que sea parte dentro del período promocionado. Podrán adherirse a este Régimen de Incentivo Laboral establecido en la presente ley, todos los empleadores privados de la República Argentina. El período promocionado comprende los 36 meses corridos siguientes al registro de cada trabajador. ARTÍCULO 4º.- Beneficios. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Desde el comienzo de la relación laboral hasta el mes 12, el Empleador podrá desgravar del impuesto a las ganancias el cien por ciento (100%) de las contribuciones patronales correspondientes al trabajador incluido en éste régimen. Entre los meses 13 y 24 desde el inicio del período promocionado el Empleador podrá desgravar del impuesto a las ganancias el sesenta y seis por ciento (66%) de las contribuciones patronales correspondientes al trabajador incluido en éste régimen. Entre los meses 25 y 36 desde el inicio del período promocionado el Empleador podrá desgravar del impuesto a las ganancias el treinta y tres por ciento (33%) de las contribuciones patronales correspondientes al trabajador incluido en éste régimen ARTÍCULO 5º.- Prohibición. Para poder acceder a los beneficios mencionados en el Artículo 4°, y mantenerse adherido al Régimen establecido en ésta ley el Empleador no podrá despedir sin justa causa a ningún empleado, cualquiera sea su modalidad de contratación. ARTÍCULO 6º.- Vigencia. El Régimen de incentivo laboral establecido en la presente ley tiene una vigencia de cinco (5) años consecutivos a partir de la fecha de su promulgación. ARTÍCULO 7º.- Autoridad de Aplicación. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Fíjase como autoridad de aplicación a la Secretaría de Trabajo de la Nación, la que coordinará, gestionará y articulará los trámites necesarios para la implementación de la presente ley. ARTÍCULO 8º.- Articulación con Municipios y Provincias. La autoridad de aplicación promoverá la articulación y coordinación de acciones con los municipios y las provincias con el objeto de fomentar la implementación de la presente ley. ARTÍCULO 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Beatríz L. Avila

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 1170/24
- Título oficial: Proyecto de ley de promoción del empleo joven
- Ingreso: Senado, 2024-07-04
- Autor: Beatriz Luisa Ávila
- Temas: Relación laboral, Aportes y contribuciones, Impuestos, Juventud, Impuesto a las Ganancias, Trabajo
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/56a8cf6b-386a-48f5-a77b-0327febd8e54
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/1170.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-07-04
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/56a8cf6b-386a-48f5-a77b-0327febd8e54/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/56a8cf6b-386a-48f5-a77b-0327febd8e54.
