# Control de la asignacion por desarraigo en la administracion publica nacional (4246-D-2025)

> “2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” PROYECTO DE LEY El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con fuerza de ley: LEY DE CONTROL DE LA ASIGNACIÓN POR DESARRAIGO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Artículo 1º – Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer un régimen transparente, racional y técnicamente fundamentado para el otorgamiento de la asignación por desarraigo a los agentes del Estado Nacional que, en cumplimiento de sus funciones, se vean obligados a prestar servicios a una distancia significativa de su lugar habitual de residencia. Artículo 2º – Definición. A los efectos de esta ley, se entiende por desarraigo la situación funcional del agente estatal que, por disposición administrativa o requerimiento funcional, deba prestar servicios de manera permanente en una localidad ubicada a más de 300 kilómetros de su residencia efectiva y habitual, provocando con ello una alteración sustancial de su vida familiar, social y económica. Artículo 3º – Declaración Jurada. El agente que invoque el derecho al cobro de la asignación por desarraigo deberá presentar una declaración jurada consignando su domicilio real y efectivo. La veracidad de dicha información será condición necesaria para la percepción del beneficio. Artículo 4º – Verificación. La autoridad administrativa podrá, mediante resolución fundada, requerir elementos de convicción suficientes que respalden la veracidad de la declaración jurada. La falta de cumplimiento, o la detección de falsedad, será causal de extinción del beneficio y dará lugar al procedimiento previsto en el artículo siguiente./final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” Artículo 5º – Sanciones. En caso de detectarse falsedad en la declaración jurada, se dispondrá la devolución integral de los montos percibidos indebidamente, con más los intereses y actualizaciones que correspondan. El Estado Nacional, por intermedio del área jurídica correspondiente, podrá iniciar las acciones legales pertinentes a fin de perseguir el recupero de lo percibido y solicitar el embargo de bienes del agente responsable. Artículo 6º – Exclusiones. Quedan exceptuados de la presente ley las fuerzas de seguridad y las fuerzas armadas que, por su régimen especial y función específica, ya perciban adicionales funcionales vinculados al destino geográfico de prestación efectiva del servicio. Artículo 7º – Reglamentación. El Poder Ejecutivo establecerá la autoridad de aplicación quien deberá coordinar con los tres poderes del Estado Nacional —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— la reglamentación de la presente ley en el ámbito de sus respectivas competencias, en un plazo máximo de noventa (90) días desde su publicación. Artículo 8º – Vigencia. La presente ley entrará en vigencia a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Artículo 9º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. Firmante: Gerardo Milman/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 4246-D-2025
- Título oficial: Control de la asignacion por desarraigo en la administracion publica nacional
- Ingreso: Diputados, 2025-08-07
- Autor: Gerardo Milman
- Firmantes: Gerardo Milman
- Temas: Burocracia, Organismos públicos, Acto administrativo, Cuentas públicas, Función pública, Gobierno y Administración Pública, Gasto público
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/5ff811ef-2f50-4143-953e-e8a5142df602

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en Diputados.

- Ingreso: 2025-08-07
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/5ff811ef-2f50-4143-953e-e8a5142df602/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/5ff811ef-2f50-4143-953e-e8a5142df602.
