Fundamentos
Señora Presidente:
El presente proyecto busca facilitar el ejercicio del deber cívico
democrático al momento de la votación de los cargos nacionales
electivos para que el proceso sea más cómodo, intuitivo y sencillo para
el votante.
Por eso, manteniendo el espíritu del proyecto venido de diputados (CD-
4/22) proponemos modificar las secciones correspondientes al diseño,
características y utilización de la Boleta Única Papel bajo la propuesta
de un nuevo modelo de boleta única más manejable, accesible y legible
que el propuesto por el proyecto original.
La propuesta es que, en lugar de una boleta única que reúna todas las
listas y candidatos de todos los cargos, se imprima una boleta por cada
categoría nacional permitiendo que estos se distingan mejor evitando el/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
amalgamiento de la totalidad de los candidatos y las posibles
confusiones que pueda generar tenerlos todos en una mega papeleta.
Esta propuesta, reproducida del sistema electoral de la provincia de
Santa Fe en el que a cada categoría le corresponde una boleta, resulta
más provechoso, dinámico y ordenado, además de que la información
de los candidatos llega más ordenada a los votantes quienes sólo tienen
que marcar con una cruz su candidato elegido en la boleta
correspondiente al cargo respectivo.
Además, esta modalidad resulta mucho más beneficiosa a la hora del
recuento en tanto la urna está dividida en cuantas categorías elegibles
haya en la correspondiente elección; de manera que los votos por
categoría ya se encuentran divididos facilitando el escrutinio.
Esta modalidad supuso un gran éxito en el sistema electoral santafesino
donde, según un análisis de la consultora CIPPEC, “Cambios en la
forma de votar. La experiencia de la boleta única en Santa Fe” (2017)
más del 90% de los electores encontraron este sistema más fácil y casi
el 95% manifestó no haber tenido problemas a la hora de votar, y “la
gran mayoría de los votantes (84,4%) cree que el sistema de boleta
única implementado en la provincia es un instrumento eficaz para la
expresión de la preferencia electoral y la correcta contabilización de los
votos” (CIPPEC, 2017, p.5).
Por otro lado, esta dinámica de votación de boleta única por categoría
facilita a los votantes la elección de la opción que más los satisface en
cada tipo de elección. Previo a la aplicación de esta modalidad, en Santa
Fe más del 90% de los votantes eligió al mismo partido para las
categorías de gobernador y diputados provinciales. En 2011 lo hizo
solamente el 64% dado que al tener los cargos por separado se evita el
voto arrastre para priorizar los intereses de la gente.
Este sistema, entonces, garantiza el derecho a votar de manera
fehaciente dado que elimina a los intermediarios evitando los vicios del
sistema de boleta múltiple como el denominado “voto cadena” y repara
la problemática de los faltantes de boletas. Además, brinda equidad y/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
posibilita que partidos grandes y chicos puedan competir de una forma
mucho más transparente y justa, ya que se elimina la necesidad de
imprimir dos veces el padrón en boletas múltiples a la vez que los
candidatos ocupan su lugar en la boleta de manera aleatoria (por
sorteo).
Por supuesto es un sistema más económico y sustentable. Todo esto
permite robustecer el mecanismo democrático del voto en un contexto
internacional marcado por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
que resalta la democracia, el buen gobierno y el estado de derecho como
esenciales para el desarrollo sostenible.
Debe remarcarse, además, que de las democracias en el mundo sólo 16
siguen sin incorporar el sistema de Boleta Única (ya sea electrónica o
papel), por lo que resulta necesario avanzar en la implementación del
modelo de Boleta Única para alcanzar los estándares mundiales en
términos de integridad y transparencia del sistema electoral.
En nuestra región Chile, Colombia, Ecuador y Paraguay (hasta 2021)
utilizan un modelo de Boleta Única por Categorías propuesto por este
proyecto, sólo Perú y Bolivia poseen una única boleta que contiene a
todas las categorías de cargos electivos. Mirando al país hermano
chileno que desde 1958 utiliza de manera exitosa el sistema de la
Cédula Única de votación vino a solucionar ciertas prácticas que opacan
los procesos electorales logrando una eficientización del proceso
mediante el minucioso y aumentando la confianza por parte del
electorado.
Por otro lado, introducimos una modificación más a la media sanción de
la Cámara de diputados en la misma sintonía que la previamente
desarrollada: la garantía de la simplificación y, con esto, la motivación al
votante para ejercer su derecho. Esto es, habilitar por ley el voto por
correo de los residentes argentinos que viven en el exterior y hayan
realizado el cambio de domicilio en su DNI, sin detrimento de la
posibilidad de sufragar presencialmente en las embajadas o consulados
tal como se dispuso con el Decreto N° 45/2019 durante la presidencia/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
de Mauricio Macri y convalidado por la Cámara Nacional Electoral el 27
de junio de 2019, pero fue derogado durante la presidencia de Alberto
Fernández mediante el decreto 189/2021.
Este instrumento brinda una solución a aquellos electores que viven en
el extranjero y que se encuentran imposibilitados a presentarse en el
lugar de votación debido, entre otras cuestiones, a la lejanía de sus
lugares de residencia.
En 2023, 435.556 estaban argentinos habilitados para votar, pero sólo
51.000 se presentaron a votar, entre otras razones, porque las
dificultades de traslado y la lejanía desalientan el ejercicio del deber
cívico. Por eso, en tanto el voto de los residentes en el exterior es hoy
un derecho reconocido por la mayoría de las democracias del mundo y
la República Argentina adoptó la política de reconocimiento del derecho
a votar de sus ciudadanos residentes en el exterior a partir de la sanción
de la Ley N° 24.007, que creó el Registro de Electores Residentes en el
Exterior, reglamentada por el Decreto N° 1138/93 y sus modificatorios,
debemos legislar para mejorar los mecanismos que lo faciliten en lugar
de permanecer enquistados en viejas prácticas sólo por posibles
conveniencias partidarias.
Con esta medida, en 2019 se quintuplicaron los votos de argentinos
radicados en el exterior; alrededor de 48 mil argentinos que viven en el
exterior votaron en las elecciones generales, 5 veces más que los
10.600 que habían votado en las elecciones presidenciales de 2015.
A su vez, la experiencia comparada, especialmente los casos de México
e Italia nos muestra que el instrumento más idóneo para facilitar el
derecho a voto a quienes viven alejados de la representación consular,
garantizando la integridad de la elección, es brindar la posibilidad de
ejercer los derechos electorales mediante un sistema de votación por
correo postal./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
Por todo esto, les solicito a los Sres. Senadores que acompañen este
proyecto.
Carolina Losada.- Eduardo H. Galaretto.- Maximiliano Abad
Anexo I (Ejemplo de Urna utilizada en las elecciones nacionales de la
Provincia de Santa Fe)/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
Anexo II – Ejemplo de Boletas Utilizadas en las elecciones Nacionales
Carolina Losada.- Eduardo H. Galaretto.- Maximiliano Abad
https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/315000-319999/318749/norma.htm
https://www.cancilleria.gob.ar/representaciones
https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/275000-279999/275617/norma.htm/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/406/norma.htm
https://www.infobae.com/politica/2023/08/20/los-votos-argentinos-en-el-exterior-una-variable-
fundamental-en-las-elecciones-de-octubre//final_de_pagina/