# Codigo nacional electoral - ley 19945 -. Modificacion del articulo 3° sobre el derecho al sufragio mediante el voto postal para personas que se encuentran cumpliendo prision domiciliaria (4171-D-2025)

> “2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” PROYECTO DE LEY El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con fuerza de ley: PROYECTO DE LEY Artículo 1º Incorpórase como Artículo 3° del Código Electoral Nacional Ley N° 19.945 el siguiente: Artículo 3° Las personas que se encuentren gozando del beneficio de prisión domiciliaria podrán ejercer su derecho al sufragio mediante el sistema de voto postal, conforme las condiciones, procedimientos y plazos que determine la Cámara Nacional Electoral. A tales fines, la Cámara Nacional Electoral elaborará un Registro Especial de Electores con Prisión Domiciliaria, que se confeccionará sobre la base de la información suministrada por los jueces competentes y los organismos penitenciarios, e incluirá a los electores que cumplan con los requisitos del artículo 1º y no se encuentren alcanzados por las inhabilitaciones previstas en el artículo 3º. Los electores comprendidos en el presente artículo podrán emitir su voto exclusivamente para las categorías correspondientes al distrito electoral en el que se encuentren empadronados. El procedimiento garantizará el secreto del sufragio, la autenticidad del votante y la integridad del proceso electoral, asegurando mecanismos de control judicial y participación de los partidos políticos. Artículo 2º Reglamentación La Dirección Nacional Electoral, dictará las normas reglamentarias necesarias para la implementación del voto postal para las personas con prisión domiciliaria, asegurando: • La emisión del voto mediante sobre cerrado. • La certificación de identidad por parte de la autoridad judicial o de supervisión correspondiente. • El envío postal a través del Correo designado por la autoridad de aplicación. • La custodia de la documentación hasta el escrutinio definitivo. Artículo 3º Disposición Transitoria La implementación del voto postal será de aplicación a partir del próximo proceso electoral nacional, siempre que se cumpla con la reglamentación y los plazos operativos establecidos por la Cámara Nacional Electoral. Artículo 4º – Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. Firmante Gerardo Milman/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 4171-D-2025
- Título oficial: Codigo nacional electoral - ley 19945 -. Modificacion del articulo 3° sobre el derecho al sufragio mediante el voto postal para personas que se encuentran cumpliendo prision domiciliaria
- Ingreso: Diputados, 2025-08-04
- Autor: Gerardo Milman
- Firmantes: Gerardo Milman
- Temas: Elecciones, República, democracia y federalismo
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/6b97f7f2-44c1-4124-9586-aac9b4d6a0a7

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en Diputados.

- Ingreso: 2025-08-04
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/6b97f7f2-44c1-4124-9586-aac9b4d6a0a7/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/6b97f7f2-44c1-4124-9586-aac9b4d6a0a7.
